STSJ Asturias , 9 de Febrero de 2000

PonenteLUIS QUEROL CARCELLER
ECLIES:TSJAS:2000:547
Número de Recurso319/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 319 de 1.997 SECCION SEGUNDA SENTENCIA Nº 152 Iltmos. Sres.

Presidente:

Don Luis Querol Carceller.

Magistrados.

Don Antonio Robledo Peña.

Dña. Olga Glez Lamuño Romay En Oviedo, a nueve de febrero de dos mil. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Iltmos. Sres Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 319 de 1997 interpuesto por D. Arturo , con domicilio en AVENIDA000 , NUM000 Aravaca Madrid, representada por la procuradora Sr. Josefina Alonso Argüelles y bajo la dirección de Sr. Letrado don Carlos Paredes López contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias de 25 de octubre de 1.996 sobre Transmisiones patrimoniales. La Administración demandada esta representada por el Sr. Abogado del Estado. Actuando como codemandado el Principado de Asturias representado por el letrado de su Servicio Jurídico. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Luis Querol Carceller.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso fue interpuesto el día 14 de febrero de 1.997. Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo, recibido se confirió traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma a medio de escrito de fecha 13 de mayo de 1.997, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos.

Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que se dicte sentencia en la que estimando íntegramente el recurso se declare la nulidad del acuerdo impugnado así como todas las liquidaciones derivadas del mismo, o que sean antecedentes del mismo, condenando a la Administración a estar y pasar por dicha declaración así como al pago de las costas causadas.

Pormedio de otrosí solicito el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la Administración demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan o contradigan a lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en derecho lo que estimó pertinente y termino suplicando que previos los tramites legales se dicte en su día sentencia por la que se desestime el presente recurso contencioso administrativo, con imposición de costas a la parte actora. Conferido traslado a la representación del codemandado, para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma alegando y exponiendo en derecho lo que estimó pertinente y termino suplicando que previos los tramites legales se dicte en su día sentencia por la que se desestime dicho recurso, confirmando íntegramente el acto administrativo recurrido.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formularan sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señalo para la votación y...

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