STSJ Extremadura , 15 de Noviembre de 2001

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2001:2411
Número de Recurso1827/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1.858 PRESIDENTE :

DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a quince de noviembre de dos mil uno.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.827 de 1.998, promovido por el Letrado de la Junta de Extremadura, en nombre y representación de la recurrente la JUNTA DE EXTREMADURA, siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, y codemandada la entidad mercantil INMOBILIARIA MARPISA S.A., representada por el Procurador D. Luis Gutierrez Lozano; recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura de fecha 29-5-98, por la que se acuerda estimar la Reclamación nº 06/00741/97, promovida por INMOBILIARIA MARPISA S.A., contra transmisiones patrimoniales.

Cuantía 92.880.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la representación procesal de la Junta de Extremadura se dirige contra la R.TEAR de Extremadura de 29 de mayo de 1998 estimatoria de la reclamación, número 06/00741/97 presentada por INMOBILIARIA MARPISA, S.A., contra la resolución de 21 de mayo de 1998 de los Servicios Fiscales Territoriales de la Junta de Extremadura que declaró extemporáneo el recurso de reposición interpuesto contra la comprobación de valores y subsiguiente liquidación complementaria derivada de los hechos...

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