STSJ Extremadura , 23 de Septiembre de 2004

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2004:1482
Número de Recurso1188/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 01309/2004 La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1.309 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS Dª FATIMA DE LA CRUZ MERA / En Cáceres a veintidós de septiembre de dos mil cuatro.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.188 de 2.002 , promovido por la Procuradora Dª

María del Pilar Simón Acosta, en nombre y representación del recurrente el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HERVAS , siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA , representada y defendida por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura; recurso que versa sobre: Convenio- Marco suscrito el 2-11-1995 por el que se establecía una compensación económica a los Ayuntamientos titulares de Centros Municipales de Bachillerato por cese de actividades de los diversos centros.

Cuantía 92.465,18 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO .- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO .- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. MERCENARIO VILLALBA LAVA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De lo actuado se deduce que el MEC y la FEMP suscribieron en 1995 un convenio- marco por el que se establecía una compensación económica a los Ayuntamientos titulares de Centros Municipales de Bachillerato por cese de actividades de los diversos centros.

En ejecución se este convenio, al finalizar el curso escolar 96-97, se solicitó y obtuvo autorización del MEC para el cierre del Centro Municipal de Bachillerato de Hervás, ejercitando los profesores las acciones correspondientes en vía laboral, siendo eximida de pago, en ese ámbito, la Administración General del Estado. El Ayuntamiento, por lo tanto, ha tenido que afrontar el pago de las diversas indemnizaciones, requiriendo el 2-5-2002 a la Administración Autonómica de Extremadura de abono, dictando ésta la resolución impugnada de 19-6-2002, en que se dice...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR