STSJ Murcia , 5 de Septiembre de 2000

PonenteFRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ
ECLIES:TSJMU:2000:2511
Número de Recurso756/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social

4 TRIB. SUPERIOR JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 1129/2000 ROLLO Nº: RSU 756/2000 40128 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA a cinco de septiembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MURCIA formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSE LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Mauricio contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de MURCIA de fecha 23 de marzo del 2000, dictada en proceso número 31/2000, sobre Despido, y entablado por D. Mauricio frente a CORREOS Y TELEGRAFOS.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "PRIMERO.- El demandante D. Mauricio , con D.N.I. NUM000 , domiciliado en Murcia recibió el 28-10-1999 comunicación telegráfica del Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos demandado en el que se le hacía saber "Pudiéndole corresponderle la firma de un contrato PFV (Contrato de Interinidad) en funciones de ACR (Auxiliar de clasificación y reparto) en la oficina de Correos y Telégrafos de Yecla del 1-11-1999 al deberá comunicar su aceptación". "Para la formalización del contrato deberá aportar la siguiente documentación: Fotocopia del D.N.I., de la Cartilla de la Seguridad Social, y del D.N.F. SEGUNDO.- Prestó sus servicios laborales el Sr. Mauricio durante los días 2 y 3 de Noviembre de 1999, como sustituto A.C.R. (Auxiliar de reparto a pié) en virtud de un contrato temporal al amparo del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre con una duración desde el 2- 11-1999 al 3-11-1999, en la oficina de Yecla, por Acumulación de Tráfico. el que se negó a firmar el actor. TERCERO.- Interpuso reclamación previa a la vía jurisdiccional el 16-11-1998, agotando la vía administrativa."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda promovida por D. Mauricio contra el Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos por inexistencia de despido.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso Recurso de Suplicación por el Letrado D. JOSE MANUEL ZAPATER IBAÑEZ, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor y recurrente, trabajador, D. Mauricio articula en su demanda que: El día 1-11-99 ingreso a prestar sus servicios en la Oficina del Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos de Yecla, con la categoría profesional de A.C.R. (Auxiliar de Clasificación y Reparto), en virtud de contrato de trabajo P.F.V. (contrato de Interinidad), de expiración indeterminada; que al día 5 noviembre 1999 le remitieran para su firma contrato de trabajo, con fecha 2 noviembre y terminación del siguiente día 3, al tiempo que fue cesado por expiración del tiempo convenido; que no acepto dicho contrato por ser un intento de justificar el cese radicalmente nulo, al no estar previsto dicho cese en la relación de puestos de trabajo de 4- 10-99; que Dª Mónica , había suscrito con anterioridad contrato de trabajo P.F.V., con iniciación el 3-11-98, correspondiendo su cese el...

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