STSJ Asturias , 4 de Marzo de 2005

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2005:978
Número de Recurso4531/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO SENTENCIA: 00674/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN N.I.G: 33044 34 4 2004 0109147, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004531 /2003 Materia: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL Recurrente/s: TGSS, INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA Recurrido/s: Jose Carlos , TGSS , UNION ASTURIANA ESTIBADORA, S.A. , INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA , CONSIGNACIONES ASTURIANAS, S.A. JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de GIJON DEMANDA 0001076 /2002 Sentencia número: 674/05 Ilmos. Sres.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ En OVIEDO a cuatro de Marzo de dos mil cinco, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente

SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0004531/2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación de TGSS, INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, contra la sentencia de fecha catorce de octubre de dos mil tres, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0001076/2002 , seguidos a instancia de Jose Carlos frente a TGSS, UNION ASTURIANA ESTIBADORA, S.A., INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, CONSIGNACIONES ASTURIANAS, S.A., parte demandada, en reclamación por afiliación, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha catorce de octubre de dos mil tres por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el número 33/0741602, prestando servicios por cuenta de la empresa UNIÓN ASTURIANA ESTIBADORA, S.A. desde el día 17 de enero de 1983, detentando la categoría profesional de gerente.

  2. - Dicha entidad, empresa estibadora concesionaria del servicio público de estiba y desestiba en los Puertos de Gijón y Avilés que tiene como objeto social la carga, descarga, estiba, desestiba, trincaje y reparación de buques, ha sido absorbida por fusión por la entidad CONSIGNACIONES ASTUIRANA S.A. 3º.- En fecha 26 de Junio e 2002 interesó aquel su encuadramiento y alta en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, recayendo resolución denegatoria.

  3. - Se agotó la vía administrativa previa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La entidad gestora demandada y la TGSS formulan recurso frente la sentencia de instancia, que estimando la demanda del actor declara su derecho a estar encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar. El recurso se articula, a través del art. 191 c)de la Ley de Procedimiento Laboral , en un solo motivo en el que denuncia la infracción de lo dispuesto en...

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