STSJ Cataluña , 24 de Febrero de 2005
Ponente | JOSE JUANOLA SOLER |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:2311 |
Número de Recurso | 62/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Febrero de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera ROLLO DE APELACIÓN 62/2003 dimanante de Recurso contencioso-administrativo 455/2000 seguido ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo 11 de Barcelona S E N T E N C I A núm 143 Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. José Juanola Soler D. Manuel Táboas Bentanachs D. Francisco López Vázquez BARCELONA, a veinticuatro de febrero del dos mil cinco.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso apelación arriba expresado, seguido a instancia de FOCIO SL., representado/a por el/la Procurador Don/Doña LAURA ESPADA LOSADA, en su cualidad de parte apelante, contra el Ayuntamiento de L' HOSPITALET, representado/a por el/la Procurador Don/Doña ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ, sobre urbanismo - disciplina.
En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don José Juanola Soler.
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- Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de nº 11 de Barcelona y en los autos 455/2000, se dictó Sentencia 3 de 17.1.2003 , por la que se desestimó el recurso contencioso- administrativo interpuesto por FOCIO SL contra:
Desestimación presunta de la solicitud de autorización provisional (art 91 .2 del Decreto Legislativo 1/1990 , Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en Cataluña en materia urbanística) que había formulado 29.10.1999 ante el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat para la actividad de aparcamiento de vehículos industriales en Carretera del Mig 267 de L'Hospitalet.
Decreto municipal de 26.3.2001 por el que se denegó expresamente la expresada solicitud de licencia provisional.
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- En la vía del recurso de apelación, recibidas las actuaciones correspondientes y habiendo comparecido la parte apelante finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 2004-3-31.
El presente recurso de apelación tiene por objeto la pretensión de la parte apelante de:
Que se anularan los actos recurridos, arriba indicados.
Que se declarara favorable el Informe de la Comissió d'Urbanisme de Barcelona respecto de la actividad de aparcamiento de vehículos, a los efectos del art 91 .2 del Decreto Legislativo 1/1990 , Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en Cataluña en materia urbanística.
Que se condenara al Ayuntamiento demandado a otorgar la licencia.
Consta que los terrenos están calificados como parques y jardines urbanos, clave 6c, por el PGM de 1976 y por el Plan Especial de 1986; y por la reserva como posible ubicación de una balsa de laminación de aguas pluviales por el Plan Especial de Concreción del equipamiento y ordenación de la calle Arquímedes, aprobado el 17.12.1997.
Debe traerse a colación la doctrina sentada por esta Sala y Tribunal en la Sentencia dictada en el Rollo de apelación 13/2002 con número 752 y fecha 19.9.2002 , en el sentido de que, siendo el informe preceptivo de la Comissió d'Urbanisme en el procedimiento regulado en el art 91 .2 del Decreto Legislativo 1/1990 , Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, susceptible de impugnación con independencia de que el procedimiento prosiga hasta su resolución definitiva por el Ayuntamiento actuante, y siendo esta resolución definitiva en vía administrativa, la impugnación de la misma comprende no sólo la propia resolución definitiva local, sino también aquel informe de la Comissió d'Urbanisme, en tanto en cuanto el contenido de este informe haya sido asumido por la resolución dictada por el Ayuntamiento. Sin embargo, en vía jurisdiccional deberán atenderse las circunstancias de las vías impugnatorias abiertas en orden a evitar resoluciones judiciales contradictorias.
En el presente caso, consta que se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el informe emitido por la Comissió d'Urbanisme de Barcelona, el cual se tramita por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 11 de Barcelona en recurso número 223/2003 , y que no consta que haya llegado a sentencia.
Asimismo, en el presente caso consta que el acto municipal de denegación de la licencia provisional solicitada se funda únicamente en el carácter desfavorable del informe emitido por la Comissió d'Urbanisme de Barcelona. Al respecto, no puede prosperar la...
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