STSJ Andalucía , 18 de Enero de 2000
Ponente | FEDERICO LAZARO GUIL |
ECLI | ES:TSJAND:2000:652 |
Número de Recurso | 3714/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 3.714/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 54 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lazaro Guil D. Rafael Toledano Cantero
En la ciudad de Granada, a dieciocho de enero de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3.714/96 seguido a instancia de D. Ángel Jesús , que comparece representado y dirigido por la Letrada Dª. Rosa Benevides Ortigosa, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, en cuya representación interviene el Procurador D. Eduardo Alcalde Sánchez y dirigido por Letrado. La cuantía del recurso es indeterminada.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia por la que estimando el presente recurso se deje sin efecto la Resolución impugnada y se declare el derecho del recurrente a un total de 3.397 días cotizados como asalariado del taxi a los efectos de la concesión de las mencionadas licencias de clase "A" adjudicadas por el Ayuntamiento de Almería mediante la resolución que se impugna, con los derechos que ese número de días cotizados le otorgue al actor.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia por la que se desestime el Recurso interpuesto por la parte actora, declarando ajustada a Derecho la Resolución de la Alcaldía- Presidencia de fecha 27 de agosto de 1.996
sobre concesión de tres licencias Municipales de autotaxi a las personas que reseña y adscripción a tales Licencias de los vehículos respectivos que igualmente enumera, objeto del presente Recurso, cuya Resolución de la Alcaldía-Presidencia debe mantenerse en su integridad, desestimándose el Recurso contencioso-administrativo e imponiendo al actor las costas por su temeridad al interponerlo.
Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.
Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar,...
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