STSJ Murcia , 28 de Febrero de 2000

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2000:696
Número de Recurso3142/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Nº3142/97 y 3143/97 (acumulados).

SENTENCIA Nº152/2000 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Ilmos. Sres.:

D. José Abellán Murcia Presidente Dª Esperanza Sánchez de la Vega D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 152/2000 En Murcia, a veintiocho de febrero de dos mil. En el recurso contencioso admistrativo nº3142/97 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 72.321 ptas. , y referido a devolución de ingresos indebidos.

Parte demandante:

D. Evaristo , representada y dirigida por el Letrado D. Javier López-Alascio Sánchez.

Parte demandada:

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada por la procuradora Dª Josefa Gallardo Amat y dirigida por el Letrado D. Luis Lledó Marqués.

Acto administrativo impugnado:

Orden del Secretario General de la Consejería de Economía y Hacienda, de 28 de octubre de 1997, dictada en el expediente 222/96, por la que se desestimaba la reclamación previa formuladada contra la resolución del Director General de Transportes y Comunicaciones de fecha 11 de diciembre de 1996, desestimatoria del recurso de reposición presentada contra la liquidación cp 1501/96, tarifa T-5, por importe de 72.321 ptas y Orden del Secretario General de la Consejería de Economía y Hacienda, de 17 de octubre de 1997, dictada en el expediente 86/96, por la que se desestimaba la solicitud formulada ante la Dirección General de Transportes y Comunicaciones de devolución de ingresos indebidos por el importe total de las dos liquidaciones de tasas giradas (cp-1216/93 y cp-2133) por prestación de servicios portuarios.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia en la que se declare la nulidad de las resoluciones impugnadas y, a su vez,que se declare el derecho a la devolución de los ingresos indebidos y el derecho a que se le compensen las deudas tributarias reclamadas con los ingresos indebidamente realizados por el concepto de "amarre de embarcación".

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 4 de diciembre de 1997, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte sentencia por la que se desestime la demanda interpuesta por la actora por ser ajustado a derecho el acto impugnado, imponiendo expresamente las costas a la parte demandante.

TERCERO

Ha habido recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Presentados los escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 18 de febrero de 2000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las dos pretensiones ejercitadas por el actor (devolución de ingresos indebidos y compensación) están íntimamente relacionadas y, de ahí, que se...

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