STSJ Asturias , 10 de Abril de 2000
Ponente | JULIO LUIS GALLEGO OTERO |
ECLI | ES:TSJAS:2000:1367 |
Número de Recurso | 3840/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 2 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación Único: 33000 3 0200773 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 3840 /1997 Sobre ADMINISTRACION LOCAL De D/ña. Santiago Procurador/a Sr/a. FLORENTINA GONZALEZ RUBIN Contra D/ña. AYTO OVIEDO PROCURADOR SENTENCIA NÚM. 406/2000 ILMO. SR. PRESIDENTE D.LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D.ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En OVIEDO, a diez de Abril de dos mil Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3.840 del año 1997, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Florentina González Rubín, en nombre y representación de D. Santiago , con domicilio en Oviedo, C/ DIRECCION000 , NUM000 , NUM001 NUM002 , y con la dirección de la Letrada Dª. Concepción Vega, contra la resolución del Ayuntamiento de Oviedo, expediente RE96/37037 de 26 de junio de 1997 por la que se acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto solicitando la devolución del importe del arrastre de la grupa por importe de 6.860 ptas., cuando la denuncia que avalaba el arrastre fue anulada. Ha sido parte el EXCMO.AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador de los Tribunales D. Luis de Miguel García Bueres, y con la dirección del Abogado Consistorial.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado el día 16 de septiembre de 1998, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitado que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso. Y se acuerde condenar al Ayuntamiento de Oviedo a la devolución al recurrente de la tasa por arrastre de vehículo, más los intereses desde el día en que se produce la retirada del vehículo y al pago de las costas.
Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado, con expresa condena en costas a la parte recurrente.
Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día cinco de abril pasado, en que tuvo lugar dicho acto.
Siendo...
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