STSJ País Vasco , 27 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA DEL MAR DIAZ PEREZ
ECLIES:TSJPV:2000:6347
Número de Recurso2033/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2033/96 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 735/00 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a Veintisiete de Diciembre de dos mil. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2033/96 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna el Decreto del Ayuntamiento de Abanto y Ciervana, de fecha 12 de marzo de 1.996, por el que se concede al recurrente un plazo de un mes para que se haga cargo de su vehículo, tras el correspondiente abono de los gastos ocasionados por la retirada del mismo y por el depósito municipal; la desestimación presunta del recurso presentado ante el decreto anterior; y el Acuerdo de 19 de enero de 1.996, por el que se concede el Vado nº 1/96.

Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Luis Miguel , representado y dirigido por el Letrado D. JULIO ARTECHE BARQUIN Como demandada AYUNTAMIENTO DE ABANTO Y ZIERBANA, representado y dirigido por el Letrado D. JESUS MARIA SAINZ DE ROZAS LAFITA Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ, Magistrada de ésta Sala.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 13 de mayo de 1996 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. JULIO ARTECHE BARQUIN actuando en nombre y representación de D. Luis Miguel , interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto del Ayuntamiento de Abanto y Ciervana, de fecha 12 de marzo de 1.996, por el que se concede al recurrente un plazo de un mes para que se haga cargo de su vehículo, tras el correspondiente abono de los gastos ocasionados por la retirada del mismo y por el depósito municipal; la desestimación presunta del recurso presentado ante el decreto anterior; y el Acuerdo de 19 de enero de 1.996, por el que se concede el Vado nº 1/96; quedando registrado dicho recurso con el número 2033/96.

La cuantía del presente recurso quedó fijada por el recurrente en indeterminada.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se estime íntegramente la demanda, declarando la no conformidad a Derecho de los actos impugnados, con todo aquello que sea inherente y accesorio y de hacerse en Justicia.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime la demanda que por este escrito se contesta, acordando que los actos administrativos impugnados se ajusten a derecho, con imposición de Costas a la parte demandante.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, por haberlo solicitado las partes y estimarlo necesario la Sala.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR