STSJ Castilla y León , 3 de Febrero de 2000

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2000:509
Número de Recurso3386/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 3386/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA Nº 155 ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ

DON JAVIER ORAA GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a tres de febrero de dos mil. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución de la Diputación Provincial de Palencia, de 10 de septiembre de 1997, desestimatoria del recurso de reposición formulado contra la resolución de la misma Diputación Provincial, del 11 de julio anterior, por la que se aprueba la liquidación número 532/97 girada a la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe de 19.890 pesetas, en concepto de tasa por la prestación del servicio de Boletín Oficial de la Provincia.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por el Procurador Sr. Moreno Gil, bajo la dirección del Letrado de la Administración de la Seguridad Social D. Angel Gil Galindo.

Como demandada: LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA, representada por la Procuradora Dª. Henar Monsalve Rodríguez, bajo la dirección del Letrado D. Francisco García Amor.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JAVIER ORAA GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que estimando el recurso interpuesto por dicha parte, resuelva anular la resolución de la Excma. Diputación Provincial de Palencia de 10-9-97.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso contencioso-administrativo al estar ajustados a derecho los actos recurridos.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se pasó al trámite de conclusiones.

CUARTO

Presentados por ambas partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el pasado día 27 de enero.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La alegación de la recurrente de que debe anularse el acto impugnado por gozar la actora de exención tributaria en virtud del artículo 65 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social , aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio , que reconoce esa exención $ten la misma medida que el Estado", y siempre que no sea posible legalmente la traslación de la carga tributaria a otras...

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