STSJ Murcia , 22 de Diciembre de 2000
Ponente | LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU |
ECLI | ES:TSJMU:2000:3709 |
Número de Recurso | 2540/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
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RECURSO nº: 2540/1998 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Iltmos. Sres.:
D. JOSE ABELLAN MURCIA Presidente Dª MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU Magistrados Ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY La siguiente SENTENCIA NÚM. 966/2000 En Murcia, a veintidós de diciembre de dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 2540/1998, tramitado por las normas de Procedimiento Ordinario, en cuantía determinada por importe de 1.074.341 pesetas y referido a:
Parte demandante:
DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO representada y dirigida por el Abogado del Estado.
Parte demandada:
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA representado por el Procurador Don Juan Tomás Muñoz Sánchez y dirigido por el Letrado Don Bernardo Muñoz Frontera.
Acto administrativo impugnado:
Resolución de la Alcaldesa de Cartagena de 7 de septiembre de 1997.
Pretensión deducida en la demanda:
Sentencia que declare nulo el acto por no estar ajustado a Derecho, estimando el recurso en su totalidad.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU quien expresa el parecer de la Sala.
I.-
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 12 de noviembre de 1998, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto, pidiendo se desestime el recurso interpuesto.
La votación y fallo se efectuó el día 22 de diciembre de 2000.
II.-
Por tener interés para el examen de las cuestiones discutidas se destacan los siguientes hechos probados:
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- En fecha 26 de diciembre de 1994 se solicitó por la Demarcación de Carreteras del Estado licencia de obras para la construcción de una nave y oficinas para conservación integral en PK 7.600 de la CN - 332.
Autovía, lo cual determinó la tramitación del Expediente de Urbanismo 4/95, que culminó el 28 de febrero de 1995 con la concesión de la licencia.
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- En fecha 16 de diciembre de 1997 se...
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