STSJ Murcia , 22 de Diciembre de 2000

PonenteLUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU
ECLIES:TSJMU:2000:3709
Número de Recurso2540/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº: 2540/1998 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Iltmos. Sres.:

D. JOSE ABELLAN MURCIA Presidente Dª MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU Magistrados Ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY La siguiente SENTENCIA NÚM. 966/2000 En Murcia, a veintidós de diciembre de dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 2540/1998, tramitado por las normas de Procedimiento Ordinario, en cuantía determinada por importe de 1.074.341 pesetas y referido a:

Parte demandante:

DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO representada y dirigida por el Abogado del Estado.

Parte demandada:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA representado por el Procurador Don Juan Tomás Muñoz Sánchez y dirigido por el Letrado Don Bernardo Muñoz Frontera.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de la Alcaldesa de Cartagena de 7 de septiembre de 1997.

Pretensión deducida en la demanda:

Sentencia que declare nulo el acto por no estar ajustado a Derecho, estimando el recurso en su totalidad.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 12 de noviembre de 1998, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto, pidiendo se desestime el recurso interpuesto.

TERCERO

La votación y fallo se efectuó el día 22 de diciembre de 2000.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por tener interés para el examen de las cuestiones discutidas se destacan los siguientes hechos probados:

  1. - En fecha 26 de diciembre de 1994 se solicitó por la Demarcación de Carreteras del Estado licencia de obras para la construcción de una nave y oficinas para conservación integral en PK 7.600 de la CN - 332.

    Autovía, lo cual determinó la tramitación del Expediente de Urbanismo 4/95, que culminó el 28 de febrero de 1995 con la concesión de la licencia.

  2. - En fecha 16 de diciembre de 1997 se...

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