STSJ Andalucía , 24 de Mayo de 2000

PonenteSANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIA
ECLIES:TSJAND:2000:7820
Número de Recurso2098/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA. SEDE DE SEVILLA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA R. N° 2.098 de 1.997 SENTENCIA Ilmo. Sr Presidente Don Santiago Martínez Vares García Iltmos Sres Magistrados Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Don Eugenio Frías Martínez.

En la ciudad de Sevilla, a veinticuatro de mayo de dos mil. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso n° 2.098 de 1.997, interpuesto por Procisa Comercial de Algeciras S.L, representada y defendida por el Letrado Don Carmelo Marín Villalobos, contra resolución de 16 de junio de 1.997 del Sr Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Sevilla, que desestima el denominado recurso ordinario interpuesto frente a la liquidación girada a la recurrente por la Tasa de Basuras correspondiente al ejercicio de 1.996, y por un piso en el que desempeña su actividad empresarial, sito en la Avda Menéndez y Pelayo n° 53.2, de esta ciudad. Como Administración demandada ha comparecido el Excmo Ayuntamiento de Sevilla, representado y defendido por Letrado de sus servicios jurídicos. La cuantía del proceso se ha fijado en 27.340 pesetas. Ha sido ponente el fimo. Sr D. Santiago Martínez Vares García, Presidente de la Sala que expresa el parecer de la misma.

I

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 31 de octubre de 1.997, contra la resolución citada.

SEGUNDO

En la demanda la parte actora pretendió de la Sala una Sentencia que anulase la resolución recurrida, y solicitó mediante otrosí el recibimiento del pleito a prueba.

TERCERO

En la contestación a la demanda la Administración pretendió la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba la misma se celebró con el resultado que consta en Autos.

QUINTO

Concluida la prueba, la Sala dio traslado a las partes para que formularan los escritos de conclusiones en los que ratificaron sus respectivas pretensiones.

SEXTO

Señalada fecha para la votación y Fallo tuvo lugar el día 15 de mayo de 2.000, en que se deliberó, votó y falló.

II

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO El Ayuntamiento de Sevilla giró a la recurrente tasa por recogida de basuras, ejercicio de 1.996, por importe de 27.340 pesetas. La tasa citada fue consecuencia de la petición dirigida a tal efecto por la recurrente a la Corporación demandada mediante solicitud de alta, presentada en el Registro General de la Corporación el 7 de febrero de ese año. Los datos en los que se sustenta el documento tributario son los que a la Administración aporta la misma entidad solicitante. En concreto en cuanto a los m2 de superficie de...

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