STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Junio de 2001

PonenteJOSE TOME PAULE
ECLIES:TSJM:2001:8725
Número de Recurso2240/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Proc. Sr. García Rodríguez Ltdo. Sra. Barriguete Magro TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 2240 de 1997 PONENTE Sr. José Tomé Paule SENTENCIA N° 613 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a veintinueve de junio de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso n° 2240 de 1997 interpuesto por la Procuradora Dª. Alicia García Rodríguez en representación de CRIMAJU S.L. contra Decreto del Ayuntamiento de Parla de 12 de noviembre de 1997 por el que se acuerda la puesta al cobro voluntario de los recibos correspondientes a Basura, Alcantarillado y Vallado do los años 1989 al 1994; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Parla representado por la Letrado Dª. Victoria Barriguete Magro. La cuantía del recurso es de 355.951 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 3 de diciembre de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las documentales propuestas por las partes, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 28 de junio de 2001 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. José Tomé Paule.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el presente proceso judicial la S.L. CRIMASU IMPUGNA EL Decreto del Sr. Alcalde presidente del Ayuntamiento de Parla notificado por...

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