STSJ Comunidad Valenciana , 15 de Septiembre de 2000

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2000:6829
Número de Recurso130/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 130/97 SENTENCIA Nº 1263 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. JOSÉ DÍAZ DELGADO.

Magistrados:

D. SALVADOR BELLMONT MORA.

D. LUIS MANGLANO SADA.

En la Ciudad de Valencia, a 15 de septiembre de dos mil. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 130/97, interpuesto por la Letrada Dª. María José

Richart Yagüe, en nombre y representación de SPLITERM S.A., contra el Ayuntamiento de Quart de Poblet, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Procurador D. Jesús Quereda Palop.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 14 de septiembre de dos mil, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por SPLITERM S.A. contra el Decreto 90/96, de 23 de octubre de 1996, del Ayuntamiento de Quart de Poblet, que desestimó la reclamación formulada contra la liquidación practicada en concepto de Tasa por licencia de apertura de establecimiento, por un importe de 650.560 ptas.

SEGUNDO

Con la pretensión de ejercitar la actividad empresarial de venta al por mayor de aparatos de climatización en el establecimiento de la Avenida del Aeropuerto s/n, nave 6, la mercantil actora solicitó el 9 de septiembre de 1996 licencia de apertura al Ayuntamiento demandado.

La disconformidad con la...

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