STSJ Canarias , 20 de Noviembre de 2001
Ponente | ANTONIO GIRALDA BRITO |
ECLI | ES:TSJICAN:2001:4229 |
Número de Recurso | 2031/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
SANTA CRUZ DE TENERIFE.
S E N T E N C I A Nº 1043.
RECURSO Nº 2031/98.
ILMOS.SRES.
PRESIDENTE:
D.Antonio Giralda Brito.
MAGISTRADOS:
D. Angel Acevedo y Campos.
D. Luis Miguel Blanco Domínguez.
En Santa Cruz de Tenerife, a veinte de Noviembre de dos mil uno. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.
Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 2031/98, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia del demandante <
El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, por resolución de 5 de Noviembre de 1998, giró al recurrente Tasa de Licencia de Apertura en relación con la actividad de ciencias empresariales que el recurrente lleva a cabo en un local sito en dicho municipio.
Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, declarando la nulidad del acto recurrido por ser contrario a Derecho procediendo la devolución al recurrente de la cantidad de 15.115 pesetas con más los intereses que se devenguen , condenando a la Administración demandada a estar y pasar por estas declaraciones, así como a las costas procesales por su temeridad y mala fe, con cuanto más en Derecho preceda.
La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, en la que se declare el derecho del Ayuntamiento a la aplicación de la ordenanza número uno de expedición de documentos y a la percepción en dicho concepto de la actividad desplegada en la comprobación de las condiciones de seguridad y salubridad del establecimiento.
Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.
Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión...
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