STSJ Aragón , 9 de Octubre de 2000

PonenteJUAN PIQUERAS GAYO
ECLIES:TSJAR:2000:2362
Número de Recurso680/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 680/1999 Sentencia número: 952/2000 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a nueve de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación número 680 de 1999 (autos número 201 de 1999), interpuesto por D. Felix ; contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 11 de mayo de 1999; siendo recurridos la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles y D. Andrés . Es ponente D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por el hoy recurrrente; contra las partes recurridas, ya indicadas; sobre declaración de derecho y traslado. Tramitado el proceso en la instancia, se dictó la sentencia referida, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Felix contra la RED NACIONAL DE FERROCARRILES ESPAÑOLES (RENFE) y contra Andrés , debo declarar y declaro que no ha lugar a la misma, absolviendo a los demandados de lo pedido frente a ellos".

SEGUNDO

Dicha resolución declara probados los siguientes hechos:

"que el actor, Felix , presta sus servicios para la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles con la categoría de Factor de Circulación Primera, estando adscrito desde junio de 1.997 al puesto de Servicio de Incidencias de la Estación de Ariza.

Alvaro , con destino en Ariza, solicitó de la demandada permuta del puesto de trabajo con el que ocupaba Jesús Luis en la residencia de Coscurita, habiéndose emitido la aprobación de la permuta el 23 de octubre de 1.998.

Con la misma fecha 23 de octubre de 1.998 se emitió autorización para que Andrés , con destino en Arcos de Jalón, permutara su puesto de trabajo con Jesús Luis que figuraba con la residencia en Ariza.

Asimismo, el 23 de octubre de 1.998 se emitió autorización de traslado voluntario de Andrés a la residencia de Madrid Puerta Atocha, quedando entonces vacante una de las plazas de Factor de Circulación de Primera de Ariza."

TERCERO

El referido recurso de suplicación ha sido impugnado por la representación de Renfe.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Frente a la sentencia que ha desestimado la...

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