STSJ País Vasco , 19 de Septiembre de 2003

PonenteLUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA
ECLIES:TSJPV:2003:3555
Número de Recurso428/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASC SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIV RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 428/0 ORDINARIO LEY 9 SENTENCIA NUMERO 665/200 ILMOS. SRES PRESIDENTE D. ANGEL RUIZ RUI MAGISTRADOS D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA D. ROBERTO SAIZ FERNANDEZ En BILBAO, a diecinueve de septiembre de dos mil tres La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 428/02 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la desestimación presunta del recurso interpuesto ante el Tribunal Económico Administrativo Foral de Bizkaia contra liquidación del impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio de 1.999 Son partes en dicho recurso - DEMANDANTE: Sonia a y Carlos Antonio o, representado por D. GERMAN ORS SIMON y dirigido por el Letrado D. ASIER GUEZURAGA UGALDE - DEMANDADA: DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representado por Dª. MARIA BEGOÑA PEREA

DE LA TAJADA y dirigido por Letrado Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA ANTECEDENTES DE HECH PRIMERO.- El día 15 de febrero de 2002 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. GERMAN ORS SIMON actuando en nombre y representación de Dª. Sonia a y D. Carlos Antonio o, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso interpuesto ante el Tribunal Económico Administrativo Foral de Bizkaia contra liquidación del impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio de 1.999; quedando registrado dicho recurso con el número 428/02 SEGUNDO.- En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando íntegramente el recurso, declare contrario a derecho y, en consecuencia anule la resolución desestimatoria de la pretensión deducida por la actora antel el Tribunal Económico Administrativo Foral de Bizkaia, en el marco del expediente 4141/2000 y que generó la inactividad administrativa objeto del presente procedimiento TERCERO.- En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso contencioso administrativo CUARTO.- Por auto de 11 de noviembre de 2002...

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