STSJ Castilla-La Mancha , 23 de Octubre de 2000

PonenteJESUS RENTERO JOVER
ECLIES:TSJCLM:2000:3084
Número de Recurso1176/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1.176/99.- Ponente: Sr. Jesús Rentero Jover.- Fallo: 19-9-00.- Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover

En Albacete, a veintitrés de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.184 En el Recurso de Suplicación número 1.176/99, interpuesto por D. Hugo , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número UNO de los de Ciudad Real, de fecha 30 de Marzo de 1.999, en los autos número 533/98, sobre Derechos y Cantidad, siendo recurrida la RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES (RENFE).

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Rentero Jover.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando las excepciones propuestas y desestimando la demanda interpuesta por D. Hugo contra RED NACIONAL DE FERROCARRILES ESPAÑOLES (RENFE) debo absolver y absuelvo a eta última de la pretensión deducida en aquella.".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"PRIMERO.- El actor viene prestando sus servicios para RENFE desde el día 1-7-97, con la categoría profesional de capataz de vía y obras y residencia en Campo de Criptana (Ciudad Real).- SEGUNDO.- En su condición de capataz de vía y obras, venia disfrutando del piso bajo izquierda del bloque de las viviendas de la empresa ubicado enfrente de la estación de ferrocarril de Campo de Criptana, y debajo del cuarto de vestuario y aseos del equipo de electrificación.- TERCERO.- Con fecha 9-9-1991 el actor dirigió al Jefe de Sección de Vía y Obras de la empresa en Albacete el siguiente escrito:.- "Sr. Jefe de Sección VyO Albacete.- El Agente Hugo , con la categoría de Capataz de VyO y residencia en Criptana.- EXPONE: Que teniendo concedida una vivienda de RENFE, por la categoría que tengo, situada enfrente de la estación de Criptana planta baja. Comunico que debido a una rotura de agua de la vivienda de arriba ocupada por el equipo de Electrificación, la vivienda que yo tengo se me lleno completamente de agua, lo que origino que la pintura de las paredes y el techo se haya deteriorado saliendo una serie de manchas, lo cual comunico a usted para que tome las medidas oportunas. También solicito la renuncia de dicha vivienda debido a la proximidad de Alcázar de San Juan y tener donde vivir en dicha localidad. Solicitando se tomen las medidas necesarias para causar baja en la vivienda, en el justificante de abonos para la declaración de Hacienda.- Criptana a 9 de Septiembre de 1.991.".- CUARTO.- Con fecha 22.1.1991 el actor dirigió al Técnico de Personal de la empresa en Albacete un manuscrito del siguiente tenor literal:.- "Sr. Técnico de Personal de Albacete.- El Agente, Hugo con residencia en Campo de Criptana y cargo de Capataz VyO.- EXPONE: Que en carta con fecha 9-9-1991 solicité la renuncia de la vivienda concedida en Campo de Criptana por la categoría que tengo y que en la fecha actual todavía no ha recibido ninguna contestación y sin embargo ya se me ha cortado la luz y en el mes de Octubre se me dejo de abonar la clave 155 compensación energía eléctrica viviendas gratuitas. Lo cual pongo en conocimiento de Usted para que se me mande dicha comunicación lo mas breve posible.- Criptana 22-11-91".- QUINTO.- Con fecha 22-4-1996 el actor dirigió al Jefe de Recursos Humanos de la empresa en Albacete el siguiente escrito:.- "El Agente D. Hugo , con categoría profesional de capataz de Vía y Obras, en la Residencia de Campo de Criptana.- EXPONE: Que teniendo derecho por mi categoría, a Vivienda Gratuita o en defecto a la Indemnización que establece nuestra Normativa Laboral según el Titulo XIII, Capitulo I, Art. 479, dando traslado esta a los Art. 366 y Art. 367 del anterior Texto Refundido de la Normativa Laboral de RENFE.- SOLICITO: Me sea concedido el derecho; por haber cesado las causas que indiqué en escrito de fecha 9 de Septiembre de 1.991".- SEXTO.- Con fecha 11-7-1996 el Técnico de Personal de Mantenimiento de Infraestructura de la Jefatura Territorial de la empresa en Albacete remitió al Jefe de Sección de Vías y Obras de la misma demarcación la siguiente comunicación:.- "Me refiero al escrito que realizó con fecha 22 de Abril pasado, el Capataz de Vía y Obras de la residencia de Campo de Criptana, D. Hugo , en el que solicita se le asigne por segunda vez vivienda gratuita en razón de cargo o, en su defecto, la indemnización correspondiente.- Al respecto, le comunico, con ruego le haga llegar al interesado, que no podemos acceder a lo solicitado ya que, según manifestó a esa Sección en su día, le era mas ventajoso y conveniente para él vivir en Alcázar de San Juan (debido a su proximidad y además disponía de alojamiento para su familia), que en la vivienda que tenia asignada en razón de su cargo en Campo de Criptana, motivo por el cual, voluntariamente,...

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