STSJ Asturias , 22 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2002:5365
Número de Recurso460/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N°: RSU 460 /2002 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: ORDINARIO.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 907 /2001 RECURRENTE/S: CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS RECURRIDO/S: Rocío , Juan Pedro , Estíbaliz , María Milagros , Leticia , Ignacio , Jose Pedro , Catalina , Baltasar , Valentina , Julián , Julieta , Jesus Miguel Daniela , Marí Juana , Lidia , Guillermo , Carmen , Carlos José , María Antonieta , Bruno , Marisol , Narciso , Erica , Juan Manuel , Evaristo , Angelina , Valentín , Alexander , Isidro , Carlos Jesús , Carlos , María Purificación , Rafael , Pedro Antonio , Gerardo , Sara , Carlos Alberto , Claudio , Ramón , Maribel , Marco Antonio , Ismael , Luis María , Gema , Esteban , Jose Luis , Bartolomé , Pablo , Pedro Miguel , Estefanía , Antonia MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a veintidós de Noviembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 3414/02 En el recurso de suplicación interpuesto por CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de fecha once de Diciembre de dos mil uno, dictada en proceso sobre Demanda Oficio, naturaleza jurídica relación, y entablado por MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES frente a Rocío , Juan Pedro , Estíbaliz , María Milagros , Leticia , Ignacio , Jose Pedro , Catalina , Baltasar , Valentina , Julián , Julieta , Jesus Miguel , Daniela , Marí Juana , Lidia , Guillermo , Carmen , Carlos José , María Antonieta , Bruno , Marisol , Narciso , Erica , Juan Manuel , Evaristo , Angelina Valentín , Alexander , Isidro , Carlos Jesús , Carlos , María Purificación , Rafael , Pedro Antonio , Gerardo , Sara Carlos Alberto , Claudio , Ramón , Maribel , Marco Antonio , Ismael , Luis María , Gema , Esteban , Jose Luis , Bartolomé , Pablo , Pedro Miguel , Estefanía , Antonia y Consejería de Medio Rural y Pesca de la Administración del Principado, ha sido ponente la Ilma.

Sra. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha once de Diciembre de dos mil uno por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Por la autoridad laboral se promueve proceso de oficio a fin de determinar la naturaleza jurídica de la relación que vincula a la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias con los veterinarios que realizan las Campañas Anuales de Saneamiento Ganadero en las explotaciones de Asturias, tras haber levantado actas de infracción y haber sido impugnadas pro aquellas en base a la inexistencia de relación laboral.

  2. - Las campañas de sentamiento son obligatorias pro venir impuestas pro normativa nacional y comunitaria realizándose regularmente todos los año.

  3. - La Consejería de Medio Rural y Pesca de la Administración convoca años tras año un concurso abierto con sujeción al correspondiente pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas debidamente aprobado, dirigido al empresarios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR