STSJ Canarias , 25 de Julio de 2000

PonenteHUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2000:2670
Número de Recurso1023/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

TRIB. SUPERIOR JUSTICIA SALA SOCIAL LAS PALMAS SENTENCIA: 00609/2000 ROLLO N° RSU 1023 /1998 40125 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS En LAS PALMAS a veinticinco de Julio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ Presidente Dª. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ Y D. FCO JOSE GOMEZ CACERES Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por INEM contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA de fecha 23: 6.98, dictada en los autos de juicio n° 1002/97 en proceso sobre DESEMPLEO, y entablado por Dª Emilia Y Dª Maite , contra INEM.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. /ña. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: A) En relación con la actora D Emilia .- 1°).-La actora, Emilia , con D.N.I. n° NUM000 , estuvo trabajando para la empresa denominada Sociedad Cooperativa de RL Rodrigo , con la categoría profesional de profesora, antigüedad desde 1.11.80, contrato indefinido y salario bruto de 300.000 ptas mensuales. 2°) La indicada actora, mediante Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de fecha 18.6.97 y con efectos a día 14.4.97, fue nombrada funcionaria de empleo interino-sustituta del Cuerpo de Maestros de EGB para el curso 96/97. En la Resolución expresada se hacía constar que el nombramiento era expresamente temporal y que sería revocado cuando se incorporara a su plaza el profesor a quién sustituye o cuando a juicio de la Administración hubieran cesado las circunstancias urgentes que lo habían determinado, finalizando en cualquier caso el día 30.6.97. Dicho nombramiento se produjo porque la actora estaba inscrita en las listas correspondientes de la Consejería en espera de nombramiento. 3°).-A la vista de su nombramiento, la actora con fecha 14.4.97, cesó voluntariamente en el trabajo descrito en el primer párrafo de este apartado y el mismo día tomó posesión del nuevo empleo, descrito en el párrafo segundo. En éste, la actora pasó a percibir un salario bruto mensual de 315.000 pesetas y cesó en el trabajo el 30.6.97 por extinción del nombramiento. Con fecha 17.11.97 volvió a ser nombrada, para el curso 1997-98, para su periodo que va hasta el próximo 31.8.98. 4°).- Solicitadas prestaciones por desempleo, el INEM se las denegó mediante Resolución de fecha 26.8.97. La actora formuló reclamación previa, que le fue desestimada con fecha 29.9.97. 5°).- La base reguladora de la prestación asciende a 306.887 ptas. mensuales.

  1. En relación con la actora Dª Maite .- 1°).- La actora, Maite , con D.N.I. n° NUM001 , estuvo trabajando para la empresa denominada Sociedad Cooperativa de R.L. Rodrigo , con la categoría profesional de profesora, antigüedad desde 25.9.85, contrato indefinido y salario bruto de 288.000 mensuales. 2°).-La indicada actora, mediante Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de fecha 18.6.97 y con efectos a día 14.4.97, fue nombrada funcionaria de empleo interino-sustituta del Cuerpo de Maestros de EGB para el curso 96/97. En la Resolución expresada se hacía constar que el nombramiento era expresamente temporal y que sería revocado cuando se incorporara a su plaza el profesor a quién sustituye o cuando a juicio de la Administración hubieran cesado las circunstancias urgentes que lo habían determinado, finalizando en cualquier caso el día 30.6.97. Dicho nombramiento se produjo porque la actora estaba inscrita en las listas correspondientes de la Consejería en espera de nombramiento. 3°).- A la vista de su nombramiento, la actora, con fecha 14.4.97, cesó voluntariamente en el trabajo descrito en el primer párrafo de este apartado y el mismo día tomó posesión del nuevo empleo, descrito en el párrafo segundo. En éste, la actora pasó a percibir un salario bruto mensual de 315.000 ptas y cesó en el trabajo 30.6.97. Con fecha 17.11.97, volvió a ser nombrada por la Consejería para el mismo trabajo y para el período que va hasta el futuro 31.8.97. 4°).-...

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