STSJ Aragón , 1 de Marzo de 2001

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2001:633
Número de Recurso286/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

4 Rollo núm. 286/2000 Sentencia núm. 217/2001 MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a uno de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 286 de 2000 (Autos núm. 29/2000), interpuesto por la parte demandada RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 22 de febrero de 2000; siendo demandante D. Leonardo , sobre Declarativo de Derecho -gráfico cargas-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Leonardo , contra RENFE, sobre D. de Derecho -gráfico cargas-, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social 5 de Zaragoza, de fecha 22 de febrero de 2000, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por Leonardo contra la RED NACIONAL DE FERROCARRILES ESPAÑOLES, debo declarar y declaro el derecho del actor a prestar sus servicios en el gráfico de Cargas, condenando a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a su efectividad práctica".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"que el actor, Leonardo , presta sus servicios para la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles como Maquinista Principal, y en el año 1.998 estuvo destinado en el Gráfico de Cargas, al que accedió por petición voluntaria.

E1 14 de octubre de 1.998 se acordó convocar en la Red concurso para la cobertura de plazas con carácter definitivo de las categorías de Maquinista Principal, Maquinista y Ayudante de Maquinista Autorizado y Ayudante de Maquinista. Se ha publicado la resolución definitiva de dicho concurso. En la demandada, Gerencia de Base de Tracción de Barcelona, se publicó una Petición de Gráficos para el personal de Conducción previa al concurso de traslados antes citado.

El demandante no formuló petición alguna y en mayo de 1.999 fue asignado al gráfico de Transporte Combinado.

El 12 de Abril de 1.993 se acordaron en Zaragoza unas NORMAS A SEGUIR EN LA ADJUDICACIÓN DE GRÁFICOS DE LA BASE DE TRACCION DE ZARAGOZA. En dichas Normas, que se dan por reproducidas al obrar en la documental de la RENFE, de dice en el epígrafe de Observaciones que "el agente que no hiciera petición de gráfico, estará conforme con que se le adjudique aquel que no quedase cubierto, sin poder esgrimir derechos ni antigüedad."

En la Comisión de Conflictos Laborales, el 5 de octubre de 1.998 la demandada hizo constar que "con respecto al punto sobre adjudicación de gráficos al personal de conducción de la empresa, manifiesta que dado que ello coincide con su intención de asignación de maquinistas a distintos operadores, está dispuesta a acometer, para todo el personal de conducción, un proceso de asignación a gráfico con carácter voluntario, tal y como...

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