STSJ Asturias , 25 de Julio de 2003

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:3685
Número de Recurso1891/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0102275/2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001891/2002 MATERIA: OTROS DCHOS. LABORALES RECURRENTE/s: CORREOS Y TELÉGRAFOS RECURRIDO/s: Sofía y 26 MAS JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de AVILÉS DEMANDA 0000426/2000 Sentencia número: 2501/03 Ilmos. Sres.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ D. IGNACIO VIDAU ARGUELLES En OVIEDO a veinticinco de julio de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0001891/2002, formalizado por el/la Sr/a. ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación del Ente Público CORREOS Y TELÉGRAFOS, contra la sentencia de fecha veintiocho de Septiembre de dos mil uno, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de AVILÉS en sus autos número DEMANDA 0000426/2000, seguidos a instancia de Juan María , Olga Carlos Antonio , Claudia , Remedios , Elvira , Carlos Jesús , María Milagros , Vicente , Maite , Carmela , Sonia , Inmaculada , Jose Ramón , Carla , Marí Trini , Marisol Frida , Catalina , Almudena , Virginia ; Rebeca , Marta , Lorenza , Julia y Inés representados por la Letrada Dª LUCIA FERNÁNDEZ ALONSO frente al Ente Público

CORREOS Y TELÉGRAFOS, parte demandada, en reclamación por cantidad, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintiocho de Septiembre de dos mil uno por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Los demandantes Dª Sofía , D. Juan María , Dª Olga , D. Carlos Antonio , Dª. Claudia , Dª

    Remedios , Dª Elvira , D. Carlos Jesús , Dª María Milagros , D. Vicente , Dª Maite , Dª Carmela , Dª Sonia , Dª Inmaculada , D. Jose Ramón , Dª Carla , Dª. Marí Trini , Dª Marisol , Dª Frida , Dª Catalina , Dª Almudena , Dª Virginia Dª. Rebeca , Dª Marta Dª Lorenza , Dª Julia y Dª Inés , prestan sus servicios por cuenta y orden de la Entidad Publica Empresarial demandada CORREOS Y TELÉGRAFOS como personal laboral de carácter temporal, durante los periodos con las categorías que figuran en el escrito de demanda, y que en aras de la brevedad se dan aquí por reproducidos.

  2. - El 03-12-98, se publicó en el Boletín Oficial de Comunicaciones el Acuerdo Marco sobre la mejora de condiciones profesionales del personal de la Entidad Publica Empresarial Correos y Telégrafos, firmado el 26-11-98 entre la entidad demandada y los Sindicatos CC.OO y el sindicato libre, el que contiene, entre otras, las siguientes disposiciones:

    II. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y VIGENCIA.

    El presente Acuerdo será de aplicación general al personal funcionario y laboral de Correos Telégrafos, salvo aquellas cuestiones que por su propia naturaleza o finalidad, lo sean solamente a alguno de estos dos colectivos.

    VIII.- RETRIBUCIONES 1. El nuevo sistema retributivo, especifico y diferenciados para los empleados de Correos y Telégrafos en el conjunto de la Función Pública, nace al amparo del artículo 34 de los Estatutos de la Entidad Pública Empresarial en el marco de actuación aprobado para la Entidad publica Correos y Telégrafos por los Ministerios de Economía y Hacienda y de la Administraciones Públicas en materia de empleo y retribuciones.

    2.1.- Con independencia de los criterios retributivos específicos que se definen en los siguientes apartados, a los empleados públicos postales se les aplicarán los incrementos retributivos que se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el conjunto de las Administraciones Públicas y que para el año 1999 supone un incremento del 1,8%.

    2.2. Retribuciones vinculadas al cumplimiento de objetivos de la Entidad.

    2.2.1 Retribución anual por resultados de Empresa:

    Paga de resultados 1998 Como compensación de los esfuerzos aportados en 1.998 se percibirá por los funcionarios de Correos una paga de resultados en función del Cumplimiento de resultados de la Cuenta de Explotación previstos en el Plan Estratégico y de la disminución del índice de absentismo producido en 1.998. Esta retribución se percibirá el 31 de enero de...

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