STSJ Aragón , 19 de Febrero de 2001

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2001:464
Número de Recurso235/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número 235/2000 Sentencia número 166/2001 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a diecinueve de febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 235 de 2000 (Autos núm. 266/1999), interpuesto por la parte demandante Dª Gema , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Teruel, de fecha 21 de enero de 2000, siendo demandado INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES, sobre Reconocimiento de derecho -puesto de trabajo-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Gema , contra el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, sobre reconocimiento de derecho -puesto de trabajo-, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Teruel, de fecha 21 de enero de 2000, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

Desestimo la demanda interpuesta por Gema y absuelvo a la entidad demandada INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES de la pretensión que aquella contiene.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- La actora Gema presta servicios para la entidad demandada INSTITUTO ARAGONES DE SERVICIOS SOCIALES (IASS) de la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGON, como personal laboral fijo, desde el 1 diciembre 1992, con la categoría profesional de Personal Especializado en Servicios Domésticos (P.E.S.D.).

  1. - La actora venía prestando servicios en el Centro Residencia de Válidos de Teruel, sita en la calle

    Yagüe de Sala.

  2. - En reunión celebrada el 26-1-98 entre representantes del IASS y de las Centrales Sindicales más representativas en el ámbito provincial de dicho instituto (cuya acta obra en las actuaciones, folios 88 a 92, dándose su contenido aquí por reproducido), se planteó por la empleadora la necesidad de clausurar las dependencias de la lavandería existente en la Residencia de Válidos por ser atendido este servicio, con nuevas instalaciones, en la Residencia Mixta, requiriendo esa nueva situación una redistribución de efectivos mediante el traslado de al menos tres puestos de trabajo desde aquel centro a éste último, llegándose al acuerdo de que el cambio afectaría a tres trabajadoras con categoría de P.E.S.D. de la Residencia de Válidos una que prestaba servicios con carácter eventual y las otras dos las de menor antigüedad, una de las cuales era la actora.

    En el acta de la referida reunión consta:

    "Por parte de todos los representantes sindicales se solicita que se pregunte si sería factible el que a las personas afectadas se les mantuviese una prioridad de volver a la Residencia de Válidos de Teruel si quedasen vacantes plazas y no se hubiese...

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