STSJ Aragón , 6 de Marzo de 2001

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2001:677
Número de Recurso306/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número 306/2000 Sentencia número 223/2001 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a seis de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 306 de 2000 (Autos núm. 300/1999), interpuesto por la parte demandante FONDO DE GARANTIA SALARIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Zaragoza, de fecha 31 de diciembre de 1999, siendo demandados DIRECCION000 , y DIRECCION005 ., sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por FOGASA, contra DIRECCION000 ., y DIRECCION005 ., sobre reclamación de cantidad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 31 de diciembre de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por EL FONDO DE GARANTIA SALARIAL, contra las empresas DIRECCION005 y DIRECCION000 ., debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º La mercantil DIRECCION000 ., se constituyó mediante escritura pública el día 8 de noviembre de 1.966, con domicilio social en Sádaba (Zaragoza), C/ DIRECCION001 nº NUM000 , por los socios D. Alejandro y sus hijos D. Juan Ignacio y D. Jose Francisco , siendo nombrados todos ellos consejeros delegados con todas las facultades del Consejo de Administración en 1.972, entrando a formar parte de dicho Consejo en 8-6-90 los hijos de los anteriores, respectivamente, Rubén y Jaime , quedando integrado el Consejo de Administración desde el 3-7-95 por Juan Ignacio como presidente, Jaime como secretario y Rubén como vocal, siendo nombrados los dos primeros citados como consejeros delegados.

La sociedad tenía por objeto social la construcción y promoción de edificaciones, construcción de obras públicas, explotación de canteras y minas, participación en otras empresas de similar actividad y fabricación de material de construcción, carpintería de madera, metálica y cualquier actividad ajena o derivadas de aquellas actividades.

La sociedad modificó su domicilio social en Sádaba, en 8-9-75 a la Avda. DIRECCION002 nº

NUM001 , después pasó a ser Ctra. de Gallur-Francia, Km. NUM002 (Sádaba), hasta que en 1.986 pasa a ser en Pº DIRECCION003 , NUM003 , NUM004 ., y desde 1.996 en la C/ DIRECCION004 n° NUM005 NUM006 ., ambos de Zaragoza, manteniendo igualmente las oficinas en Sádaba y P° DIRECCION003 ; teniendo como instalaciones las que poseía en el Polígono Industrial de Malpica (Zaragoza) y la planta de fabricación de hormigón y oficinas sitas en Ctra. de Gallur-Sangüesa de Sádaba. En las instalaciones de Malpica se encontraban los talleres de reparación propios, los talleres de carpintería de madera, carpintería metálica, oficinas, almacén de piezas grandes y parque de maquinaria.

  1. La sociedad DIRECCION005 . se constituyó el 21-02-78, siendo sus socios fundadores los cónyuges Juan Ignacio y Julieta y Jose Francisco y María Consuelo , que componían el Consejo de Administración de la sociedad, siendo sus consejeros delegados los hermanos Juan Ignacio Jose Francisco , hasta que el 29-06-92 entran a formar parte como vocales Remedios -hija de Juan Ignacio y Julieta - y Jose Francisco -hijo de Luis Angel y María Consuelo -; saliendo del Consejo los hermanos Juan Ignacio Jose Francisco el 3-12-92, entrando en su lugar tras una ampliación del capital social Rubén y Juan Pedro ; otorgando amplios poderes de representación a D. Juan Ignacio el 20-04-95 . En 8-01-1.998 el Consejo de Administración quedó constituido por Luis Angel Cavero como presidente, Rubén como vicepresidente, Juan Pedro como Secretario e Remedios como vocal, siendo designados Consejeros Delegados Rubén y Luis Angel .

    Constituye su objeto social la fabricación de hormigones, derivados del cemento transformación de áridos. Construcción completa, reparación y conservación de edificaciones, según modificación de Estatutos llevada a cabo en fecha 13-01-98, con anterioridad en el art. 2 de los Estatutos figuraba como objeto social la fabricación, comercialización y venta de hormigones y derivados del cemento y la transformación de áridos, indicando que tal actividad podría ser desarrollada por la sociedad total o parcialmente, de modo indirecto mediante la participación en otras sociedades cuyo objeto sea idéntico o análogo.

    El domicilio social de la empresa DIRECCION005 es en Polígono DIRECCION007 s/n de Ejea de los Caballeros, en el que cuenta con una planta de fabricación de hormigón y lavado de áridos, con unas pequeñas oficinas.

  2. En fecha 12-6-97 el Juzgado de Primera Instancia nº Once de Zaragoza dictó providencia por la que se tenía por solicitada por la sociedad la declaración del estado de Suspensión de Pagos de la empresa, decretándose en expte. 3/97 la intervención de sus operaciones, estando fechado el dictamen emitido por la Intervención el 4-11-97. En dicho dictamen se hace constar que el único activo de la empresa es el de 113.095.400 pts., y el pasivo de 2.428.587.955 pts., y ello cerrado al 12 de junio de 1.997.

    El día 16-06-97 DIRECCION000 . solicita Expediente de Regulación de Empleo para la extinción de los 63 contratos de trabajo de los trabajadores que componían a dicha fecha la plantilla de la empresa, siendo el mismo (expte. nº 59/97) aprobado por resolución de la Diputación General de Aragón de 30-06-97 por la que se acuerda autorizar a la empresa dichos ceses, lo que igualmente fue aceptado por la representación de los trabajadores, a través del Comité de Empresa. DIRECCION000 . hizo constar en el expediente que poseía un activo de 2.899.661.427 pts y un pasivo de 2.309.025.101 pts. No consta en autos que la empresa DIRECCION000 . presentara ante el Registro Mercantil sus cuentas anuales en los ejercicios de 1.993 a 1.997, ambos inclusive.

    Los trabajadores cesados reclamaron a través de distintos procedimientos contra la empresa DIRECCION000 ., y contra la Intervención de la Suspensión de Pagos de dicha empresa, por salarios pendientes e indemnizaciones derivadas de sus ceses, siendo emplazado en los autos tramitados el Fondo de Garantía Salarial, aquí demandante, sin que en ninguno de aquellos procedimientos se demandara a la empresa DIRECCION005 .; dichas sentencias adquirieron firmeza, dictándose en ejecución de las mismas autos de insolvencia de la empresa condenada.

  3. El FOGASA en base a la reclamación de las prestaciones correspondientes a las cantidades debidas por la empresa DIRECCION000 . y previa instrucción de los correspondientes expedientes -que se relacionan en el hecho quinto de la demanda que aquí se da por íntegramente reproducido, así como los expedientes relativos a los mismos, aportados como documental-, ha abonado a los trabajadores a que se refieren dichos...

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