STSJ Castilla-La Mancha , 14 de Julio de 2000

PonenteJESUS RENTERO JOVER
ECLIES:TSJCLM:2000:2413
Número de Recurso676/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 676/00.- Ponente: Sr. Jesús Rentero Jover.- Fallo: 5-7-00.- Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover

En Albacete, a catorce de julio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 919 En el Recurso de Suplicación número 676/00, interpuesto por Dª. Gabriela , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número UNO de los de Toledo, de fecha 1 de Diciembre de 1.999, en los autos número 418/99, sobre Despido, siendo recurridos el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA (CIUDAD REAL); y la FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA DE TALAVERA DE LA REINA (CIUDAD REAL).

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Rentero Jover.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que estimando la excepción de incompetencia de este orden jurisdiccional social alegada y, en consecuencia, desestimando la demanda formulada por DÑA. Gabriela frente a EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA y FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA DE TALAVERA DE LA REINA, debo absolver y absuelvo a los citados demandados de las pretensiones por despido improcedente formuladas frente a los mismos de contrario en la demanda iniciadora del presente procedimiento.".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"PRIMERO.- La demandante Dña. Gabriela , con DNI NUM000 , supero las pruebas selectivas para la provisión en régimen laboral temporal del puesto de trabajo de DIRECCION000 de la Fundación Municipal de Cultura de Talavera de la Reina (Convocatoria aprobada por el Consejo Rector de dicha Fundación el 5.10.95 y publicada en el BOP de 17.11.95).- La convocatoria del procedimiento de selección determinaba que el DIRECCION000 seria nombrado por el Consejo Rector, ratificándose por el Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina y, concluido el citado procedimiento, se formalizaría la contratación por escrito, en la modalidad prevista en el art. 15,1,d) del ET, y por una duración inicial de 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años a cuya finalización se decidiría de mutuo acuerdo sobre el carácter indefinido de la relación.- SEGUNDO.- En fecha 28.12.95 el Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina ratifico, a propuesta del Consejo Rector de la Fundación Municipal de Cultura, el nombramiento de la demandante como directora de dicha fundación.- El mismo día 28.12.95 se dicto un decreto por la alcaldía en el que se resolvía que "visto el escrito del Concejal Delegado de Educación y Cultura en el que expone que concluido el procedimiento de concurso para la contratación en régimen laboral del puesto de trabajo de DIRECCION000 de la Fundación Municipal de Cultura de esta ciudad, en el que aparece propuesta para tal cargo Dña. Gabriela ...y como quiera que actualmente no se encuentra aprobado el presupuesto anual que ha de regir en dicho organismo autónomo local, es por lo que se propone que se proceda, de manera provisional, al nombramiento de la mencionada como funcionaria de empleo en el puesto de Coordinadora Socio-Cultural..." y así se resolvió "con efectos de 2.1.96" y hasta el día en que fuera aprobado el presupuesto de la mencionada Fundación, fecha a partir de la cual "la nombrada será contratada en régimen laboral como directora de la fundación".- TERCERO.- El día 2.1.96 la demandante juro el cargo de coordinadora socio-cultural y tomo posesión de dicho puesto.- Desde esa fecha viene prestando sus servicios ininterrumpidamente, percibiendo un salario de 231.000 pesetas/mes (incluida prorrata de pagas extras) que le viene siendo abonado por el Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina, haciéndose constar en sus nominas que su categoría profesional es "coordinador sociocultural" y su división o sección "casa de la cultura".- La remuneración del DIRECCION000 de la Fundación Municipal de Cultura y su grupo profesional seria superior.- CUARTO.- Ante diversas entidades publicas y privadas la demandante aparecía ostentando el cargo de DIRECCION000 de la Fundación Municipal de Cultura, categoría o cargo que se le reconoció por el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Talavera en comunicaciones internas a ella remitidas.- QUINTO.- El 5.7.99 la demandante fue cesada en la...

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