STSJ Asturias , 6 de Septiembre de 2002

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2002:3914
Número de Recurso2212/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N°: RSU 2212/2001 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: ORDINARIO.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 174/2001 RECURRENTE/S: MADIN RECURRIDO/S: INSALUD SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a seis de Septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ, D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 2417/02 En el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua MADIN contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de fecha veintisiete de Marzo de dos mil uno, dictada en proceso sobre reintegro de cantidad, y entablado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD frente a la Mutua recurrente, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintisiete de Marzo de dos mil uno por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - D. Jesús , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda prestando servicios por cuenta de la empresa Hermanos Fernández sufrió un accidente de trabajo el 13 de noviembre de 1991 resultando con amputación de tibia derecha.

  2. - La referida empresa tenia concertado el riesgo derivado de accidente de trabajo con la Mutua Madin.

  3. - En el año 1998 precisó la renovación de la prótesis cuyo importe en cuantía de 360.500 pesetas fue abonado por el Insalud conforme resolución de 28 de Octubre de 1999 tras rechazar la Mutua Patronal hacerse cargo de la misma.

  4. - D. Jesús desde el 13 de Diciembre de 1993 hasta el 30 de Junio 1995 prestó servicios por cuenta de la empresa Astur Rural S. Cooperativa y desde el 1 de Julio de 1995 para Agropecuaria de El Franco S. Cooperativa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el...

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