STSJ Comunidad de Madrid , 24 de Octubre de 2000

PonenteJOSE DANIEL SANZ HEREDERO
ECLIES:TSJM:2000:12584
Número de Recurso2633/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 2.633/94.

SENTENCIA NÚM. 1.238.

Ilmos. Sres.

Presidente:

Don Alfredo Roldán Herrero Magistrados: Doña Clara Martínez de Careaga y García Doña Fátima Arana Azpitarte Don Fernando de Mateo Menéndez Don José Daniel Sanz Heredero Doña María Jesús Vegas Torres En la Villa de Madrid, a veinticuatro de octubre de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2.633/94, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Alejandro de Utrilla Palombi, en nombre y representación D. Jaime , contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Martín de la Vega de fecha 11 de julio de 1.994, por el que se aprobaba definitivamente la delimitación de una unidad de ejecución en suelo no urbanizable para su incorporación al Patrimonio municipal del suelo como reserva. Ha sido parte el AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DE LA VEGA, representado por el Procurador D. José Luis Pinto Marabotto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedí- mentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 17 de octubre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Daniel Sanz Heredero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Martín de la Vega de fecha 11 de julio de 1.994, por el que se aprobaba definitivamente la delimitación de una unidad de ejecución en suelo no urbanizable para su incorporación al Patrimonio municipal del suelo como reserva. En el mismo acuerdo se hacía constar que ello implicaba la iniciación de una acción expropiatoria, declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación a efectos expropiatorios, a la vez que se venía a aprobar la relación de propietarios afectados por la expresada delimitación, entre los que se encontraba el aquí recurrente como propietario de una superficie de 4.809 m2.

El recurrente combate el expresado acuerdo aduciendo, en síntesis, que la aprobación inicial de las Normas Subsidiarias clasificaba la parcela de su propiedad como de suelo urbanizable programado para uso residencial, en contraposición con el acuerdo aquí impugnado, que lo contempla como suelo no urbanizable; aduce igualmente que la...

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