STSJ Galicia , 30 de Noviembre de 2001

PonenteENRIQUE GARCIA LLOVET
ECLIES:TSJGAL:2001:8983
Número de Recurso8468/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0008468 /1997 RECURRENTE: Enrique ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA CODEMANDADO/COADYUVANTE: CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA PONENTE: D/ña. ENRIQUE GARCIA LLOVET EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 1139/2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ D. ENRIQUE GARCIA LLOVET En la Ciudad de A Coruña, treinta de noviembre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008468 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Enrique , representado y dirigido por el Letrado D/ña. JOSE ANTONIO LOIS FERNANDEZ, contra Acuerdo de 3 -12 -96 desestimatorio de Rec. 27 /835 /95 contra liquidación de la Delegación de Economía e Facenda de Lugo sobre acta de liquidación por el concepto Impuesto de Sucesiones y Donaciones.. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada y dirigida por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO.

Asimismo comparece como codemandado/coadyuvante CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA, representado y dirigido por el Letrado D/ña. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. ENRIQUE GARCIA LLOVET.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - En iguales términos se manifestó la representación procesal de la parte coadyuvante.

  4. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 27 de Noviembre de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  5. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Toda la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Base imponible
    • España
    • Anuario fiscal 2002 Impuestos Directos Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Base Imponible
    • 1 Diciembre 2002
    ...de la deuda por el donatario: necesidad de consentimiento del acreedor aceptando la subrogación de los donatarios en la deuda. STSJ Galicia 30-11-01. P. Sr. García Llovet. JT Fundamento jurídico 1º: "Pues bien, en el presente caso, como quiera que en la escritura pública de donación otorgad......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR