STSJ Galicia , 30 de Noviembre de 2001
Ponente | ENRIQUE GARCIA LLOVET |
ECLI | ES:TSJGAL:2001:8983 |
Número de Recurso | 8468/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO: 03 /0008468 /1997 RECURRENTE: Enrique ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA CODEMANDADO/COADYUVANTE: CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA PONENTE: D/ña. ENRIQUE GARCIA LLOVET EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 1139/2001 Iltmos. Sres:
D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ D. ENRIQUE GARCIA LLOVET En la Ciudad de A Coruña, treinta de noviembre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008468 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Enrique , representado y dirigido por el Letrado D/ña. JOSE ANTONIO LOIS FERNANDEZ, contra Acuerdo de 3 -12 -96 desestimatorio de Rec. 27 /835 /95 contra liquidación de la Delegación de Economía e Facenda de Lugo sobre acta de liquidación por el concepto Impuesto de Sucesiones y Donaciones.. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada y dirigida por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO.
Asimismo comparece como codemandado/coadyuvante CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA, representado y dirigido por el Letrado D/ña. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. ENRIQUE GARCIA LLOVET.
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- Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
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- Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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- En iguales términos se manifestó la representación procesal de la parte coadyuvante.
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- No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 27 de Noviembre de 2001, fecha en que tuvo lugar.
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- En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.
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- Toda la...
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