STSJ Cantabria , 24 de Enero de 2003

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2003:100
Número de Recurso241/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don CÈsar Tolosa TribiÒo Iltmos. Sres. Magistrados DoÒa MarÌa Josefa Artaza Bilbao Don JosÈ Luis DomÌnguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 24 de Enero de 2003. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso numero 241/02, interpuesto por LA ASOCIACION CANTABRA DE ATENCION A LA PARALISIS CEREBRAL (ASPACE CANTABRIA), representada por la Procuradora DoÒa Ana Saez Bereciartu y defendida por la Letrado DoÒa MarÌa JosÈ del Barrio Fern·ndez, contra el AYUNTAMIENTO DE MARINA DE CUDEYO, representado por la Procurador DoÒa Ana Escudero Alonso y defendido por el Letrado Don Luis Revenga S·nchez. La cuantÌa del recurso es de 4.808,10 . Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don CÈsar Tolosa TribiÒo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el dÌa 26 de Marzo de 2002 contra la inactividad de la AdministraciÛn frente a la reclamaciÛn de la recurrente de que se proceda al abono de las partidas econÛmicas destinadas a coadyuvar al mantenimiento de los servicios de transporte y comedor que han sido utilizados por un usuario residente en el municipio de Marina de Cudeyo, que para el aÒo 1999 asciende a la cantidad de 258.000 pesetas, para el aÒo 2000 a 265.482 pesetas, y para el aÒo 2001 a 276.101 pesetas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurÌdico.

TERCERO

En su contestaciÛn a la demanda, la AdministraciÛn del Estado recurrida solicita de la Sala la desestimaciÛn del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se practicaron las que obran en autos y se seÒala fecha para la correspondiente vista, que tuvo lugar el dÌa 23 de Enero de 2003, en que efectivamente, se deliberÛ, votÛ y fallÛ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso la inactividad de la AdministraciÛn frente a la reclamaciÛn de la recurrente de que se proceda al abono de las partidas econÛmicas destinadas a coadyuvar al mantenimiento de los servicios de transporte y comedor que han sido utilizados por un usuario residente en el municipio de Marina de Cudeyo, que para el aÒo 1999 asciende a la cantidad de 258.000 pesetas, para el aÒo 2000 a 265.482 pesetas, y para el aÒo 2001 a 276.101 pesetas.

SEGUNDO

En el Convenio suscrito entre la AsociaciÛn recurrente y el Ayuntamiento demandado en fecha...

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