STSJ Cantabria , 2 de Noviembre de 2000

PonenteJOSE LUIS DOMINGUEZ GARRIDO
ECLIES:TSJCANT:2000:1934
Número de Recurso190/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente :

Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados :

Doña María Teresa Marijuan Arias Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 2 de noviembre de 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 00/190, interpuesto por D. Roberto Y OTRO, representados por la Procuradora Dª Rosaura Díez Garrido y defendidos por el Letrado D. Andrés de Diego Martínez, contra el GOBIERNO DE CANTABRIA, representado y defendido por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es indeterminada. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Luis Domínguez Garrido, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 29 de febrero de 1999, contra las Resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno de Cantabria en las fechas de 2 y 15 de diciembre de 1999 por las que se desestiman los recurso de alzada interpuestos contra las Resoluciones de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de 29 de marzo de 1999 por las que se deniegan las solicitudes de ayudas correspondientes a los expedientes NUM000 , NUM001 , NUM002 y NUM003 .

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora interesa de la Sala dicte Sentencia por la que, estimando la presente demanda y anulando los actos adminsitrativo impugnados, se declare el derecho de los recurrentes al acceso a las ayudas para la mejora de las estructuras agrarias para la primera instalación de agricultores jóvenes en los términos contenidos en su solicitud.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada, solicita de la Sala dicte Sentencia por la que se desestime la demanda en todos sus términos.

CUARTO

Señalada fecha para la vista, tuvo lugar el día 2 de octubre de 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son objeto del presente recurso las Resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno de Cantabria en las fechas de 2 y 15 de diciembre de 1999 por las que se desestiman los recurso de alzada interpuestos contra las Resoluciones de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de 29 de marzo de 1999 por las que se deniegan las solicitudes de ayudas correspondientes a los expedientes NUM000 , NUM001 , NUM002 y NUM003

SEGUNDO

Del conjunto normativo, estatal y autonómico, se ha de tener en cuenta para la resolución del presente pleito fundamentalmente, de la normativa estatal los arts. 13 y 33 del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, sobre mejoras estructurales y modernización de las Explotaciones Agrarias.(BOE 36/1996 de 10-02-1996, pág. 4775). Y de la normativa autonómica son básicos, del Decreto 122/1996, de 4 de diciembre (BOC 12 de diciembre), sus art. 3.1.1.b), 46 y 52. Del Decreto 125/97, de 11 de diciembre (BOC 15 de diciembre) su art. 9 que establece un nuevo número al art. 46 del Decreto 122/1996, su disposición transitoria primera (que establece que "en el plazo de los quince días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto podrán presentarse solicitudes de ayudas en todas las líneas previstas en el art. 3 del Decreto 122/1996. Transcurrido dicho plazo las solicitudes de ayuda únicamente podrán presentarse en los plazos que se habiliten conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del art. 46"), y su disposición final (que previene la entrada en vigor al día siguiente a su publicación en...

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