STSJ Castilla-La Mancha , 2 de Mayo de 2001

PonenteMARIANO MONTERO MARTINEZ
ECLIES:TSJCLM:2001:1380
Número de Recurso908/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 908/98 CIUDAD REAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Magistrados, Iltmos. Sres.:

D. José Borrego López, Presidente.

D. Mariano Montero Martínez.

D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº

En Albacete, a dos de mayo de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 908/98, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de JUAN DE DIOS JIMENEZ BELLON E HIJOS, COMUNIDAD DE BIENES, representada por el Procurador D. Trinidad Cantos Galdámez y dirigida por el Letrado D. Miguel Zaldívar Sagra, contra la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada y dirigida por sus Servicios Jurídicos, en materia de ayuda a acuíferos. Siendo Ponente, el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 23 de Mayo de 1998, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 12 de Marzo de 1998, por la que se desestimó el recurso ordinario entablado contra Resolución de la Dirección General para la Política Agraria Comunitaria de once de abril de 1.996, que denegó a la reclamante la ayuda solicitada.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso- administrativo por esta parte formulado contra la Resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 16 de marzo de 1998, se determine el derecho del actor para percibir SEISCIENTAS TREINTA Y NUEVE MIL DIECIOCHO ptas. (639.018), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en concepto de ayudas para 1995, por la reducción en el consumo de agua, fertilizantes y productos fitosanitarios, aplicables a los regadíos de las zonas de la Mancha Occidental y Campo de Montiel.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que desestimando el presente recurso por su conformidad al ordenamiento jurídico y con expresa imposición de costas al demandante.

Tercero

Sin que se acordase el recibimiento del pleito a prueba, al no haberlo solicitado las partes, se reafirmaron éstas en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 27 de abril de 2001, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala la resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 12 de Marzo de 1998, por la que se desestimó el recurso ordinario entablado contra Resolución de la Dirección General para la Política Agraria Comunitaria de once de abril de 1.996, que denegó a la reclamante la ayuda a acuíferos solicitada por entender existente el fraude de ley. Segundo. La cuestión jurídica fundamental a resolver en el presente recurso contencioso- administrativo consistiría en determinar si se pueden...

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