STSJ Castilla-La Mancha , 18 de Octubre de 2000

PonenteJOSE MONTIEL GONZALEZ
ECLIES:TSJCLM:2000:3021
Número de Recurso1295/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

D. JESÚS MARTÍNEZ ALMAZÁN, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº 1.295/99.- Ponente: Sr. José Montiel González.- Fallo: 5-10-00.- Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Iltma. Srª Dª Petra García Márquez

En Albacete, a dieciocho de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.155 En el Recurso de Suplicación número 1.295/99, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Toledo, de fecha 4 de mayo de 1.999, en los autos número 601/97, sobre prestaciones, siendo recurrido DON Casimiro .

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. José Montiel González, Presidente de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. Casimiro contra EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO debo declarar y declaro el derecho que tiene el actor a percibir Prestación por Subsidio de Desempleo para Mayores de 52

años con efectos desde la fecha de su solicitud".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

Primero

El actor D. Casimiro , con D.N.I. Nº NUM000 , teniendo su domicilio en San Pablo de los Montes, C/ DIRECCION000 nº NUM001 , después de agotar Prestación por Desempleo, solicitó el 26-02-96 subsidio de Desempleo para Mayores de 52 años, aportando a tal fin Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1, Autos 711/91, de fecha 23-12-91; Acta de Liquidación levantada por la Inspección de Trabajo y por cuyas circunstancias que por el contenido de la Sentencia 344/91 de fecha 23-12-91 anterior y el Fallo de la Audiencia Provincial de Albacete con fecha 21-07-92 en donde se hace constar que este operario ha venido prestando sus servicios con la categoría de Peón-vaquero para esta empresa desde el día 23-06-89, no habiendo procedido la empresa a darle de Alta en el R.G. S.S. Base de cotización calculada de acuerdo con el salario reconocido en Sentencia, Período: 23-06-89 a 21-07-92 período reconocido en Sentencia (f.

26).

Segundo

La demandada con fecha 4-09-96 le deniega el Subsidio por no tener cotizados 6 años a la contingencia de desempleo. No conforme con la misma interpone Reclamación Previa, que es desestimada por Resolución de fecha 28-04-97. Tercero.- Consta que el actor en la Hoja de Vida Laboral tiene 31 años, 1 mes y 7 días cotizados (11.352 días cotizados), de los que 2.869 lo son en el R.G.S.S. y los 8.532 días en el R.E.A. (F.18 y 19) . Y por el período en la Empresa Camila del 23-06-89 al 21-07-92 más 1.128 días en R.G.A. Total en dicho Régimen 3.997 días. Cuarto.- Consta por la Certificación de la T.G.S.S. de fecha 3 y 10 de Octubre de 1.995 que el actor SI REUNE el período mínimo de cotización exigido para tener derecho a una pensión de jubilación en el Sistema de la S.S., pudiendo jubilarse a los 60 años y en la siguiente se certifica que el trabajador arriba citado ha cotizado por DESEMPLEO al menos DURANTE SEIS AÑOS A LO LARGO DE SU VIDA LABORAL, posee 1.710 días al Régimen General y cotizaciones al R.E. Agrario (folio 61). En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR