STSJ Cataluña , 23 de Enero de 2003

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJCAT:2003:838
Número de Recurso3675/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 3675/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL mp ILMO. SR. D. GREGORIO RUIZ RUIZ ILMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ ILMO. SR. D. ADOLFO MATIAS COLINO REY En Barcelona a 23 de enero de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 446/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por I.N.E.M frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº2 Barcelona de fecha 18-2-02 dictada en el procedimiento nº 438/2001 y siendo recurrida María Purificación . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13-06-01 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 18-2-02 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda formulada por Dª María Purificación contra INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO y declaro el derecho de la demandante a percibir el subsidio por desempleo para mayores de 52 años con efectos de 12.02.01 condenando al INEM a estar y pasar por tal declaración"

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"Primero.-Dª María Purificación se le reconoce subsidio para mayores de 52 años, por resolución de 17.09.99, con duración hasta 28.05.06.

Segundo

Tras el procedimiento administrativo correspondiente se revoca dicha concesión por resolución de 26.10.99.Impugnada esta resolución en vía jurisdiccional es anulada por sentencia del Juzgado de lo Social nº 28 que se confirma por la del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de 2.11.00, de esta forma queda válida la concesión del subsidio para mayores de 52 con duración hasta 28.05.06.

Tercero

Solicitada nuevamente su reanudación tras período de trabajo inferior a 12 meses se deniega por resolución de 22.03.01 que confirma la de 29.05.01"

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimó la demanda formulada por la demandante y declaró su derecho a percibir el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, se alza el presente recurso interpuesto por el Organismo Gestor que tiene por objeto:a) la revisión de los hechos declarados probados por la sentencia de instancia y; b) el examen de la infracción de normas sustantivas o de la jurisprudencia cometidas por dicha resolución.

SEGUNDO

Mediante el primero de los motivos del recurso de suplicación interpuesto correctamente al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral interesa la recurrente la revisión de todos los ordinales del relato fáctico.

Por lo que se refiere al primero de los ordinales mencionados interesa la recurrente que se ajuste al siguiente tenor literal: "A Dª María Purificación se le reconoce el 29 de mayo de 1998 subsidio para mayores de 52 años (tras agotar el 15.1.97 la prestación contributiva).Dicha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR