STSJ País Vasco , 31 de Diciembre de 2001

PonenteANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL
ECLIES:TSJPV:2001:6735
Número de Recurso1129/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1129/98 ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 1356/2001 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

DON ANGEL RUIZ RUIZ DON LUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA DON JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA DON JOSE FELIX MARTIN CORREDERA En la Villa de BILBAO, a 31 de diciembre de 2001.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1129/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna la resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya de la Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 23-1-98 por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto por doña María Antonieta contra la resolución de fecha 2-12-97 por la que se declara la responsabilidad solidaria de los herederos mortis causa de don Everardo respecto de las deuda contraída por éste con la Seguridad Social.

Son partes en dicho recurso: como recurrente doña María Antonieta , representada y dirigida por el letrado don Fernando Castro Velasco.

Como demandada: La Tesorería General de la Seguridad Social, representada y dirigida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social.

Ha sido ponente el magistrado doña ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el letrado don Fernando Castro Velasco, en la representación de doña María Antonieta se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya de la Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 23-1-98 por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto por la demandante contra la resolución de fecha 2-12-97 por la que se declara la responsabilidad solidaria de los herederos mortis causa de don Everardo respecto de las deuda contraída por éste con la Seguridad Social; dicho recurso quedó registrado con el número 1129/98.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 2.087.418 pesetas.

SEGUNDO Previos los trámites oportunos se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó mediante el oportuno escrito, en el que, tras exponer los hechos y alegar los fundamentos de derecho de aplicación, terminaba suplicando que se dicte sentencia estimatoria del recurso, de acuerdo a lo recogido en el escrito de demanda.

TERCERO

Dado traslado a la Administración demandada para contestar a la demanda, lo hizo por medio de escrito, en el que alega cuántos hechos y fundamentos de Derecho considera aplicables, terminando con la súplica a la Sala que dicte sentencia desestimatoria y que confirme, como ajustado a Derecho, el acto impugnado.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba, se practicó aquella que, propuesta en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinente, incorporándose la misma a los autos con el resultado que en ellos consta.

QUINTO

En sus escritos de conclusiones, las partes reiteraban las peticiones que habían formulado en sus escritos de demanda y contestación.

SEXTO

Para la votación y fallo se señaló el pasado día 18 de diciembre de 2001, fecha en la que tuvo lugar.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por doña María Antonieta , la resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya de la Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 23-1-98 por la que se desestima el...

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