STSJ Galicia , 31 de Julio de 2001

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2001:6073
Número de Recurso6167/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0006167 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1126 2.001 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a treinta y uno de julio de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0006167 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Pedro , representado por la procuradora Dña. MARIA ANGELES FERNANDEZ RODRIGUEZ y dirigido por el letrado D. LUCAS IRISARRI ARMENDARIZ, contra Acuerdo del Ayuntamiento de Bueu de 1 -7 -97, que decretó proceder a dejar libre y expedita, la servidumbre de tránsito en el ámbito de actuación del Proyecto de Acondicionamiento del Entorno de la Plaza de Areas de Bon, y otros extremos. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE BUEU (PONTEVEDRA), el cual no se encuentra personada en estos autos, pese a haber sido emplazado conforme determina el art. 63.1 de la Ley Jurisdiccional. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

La Corporación demandada no se encuentra personada en estos autos, pese a haber sido emplazada conforme determina el art. 63.1 de la Ley Jurisdiccional.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día diecinueve de julio de 2001.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 1 -7 -97 del Ayuntamiento de Bueu por la que se acordó requerir al actor para que procediese a dejar libre y expedita la servidumbre de tránsito en el ámbito de actuación del "Proyecto de acondicionamiento del entorno de la playa de Areas de Bon".

SEGUNDO

Se sostiene en la demanda que la resolución que es objeto de recurso fue dictada prescindiendo, en cuanto al actor, total y absolutamente el procedimiento legalmente establecido, ya que ni se le comunicó la existencia de un expediente que le afectaba ni se le concedió oportunidad alguna para hacer alegaciones. El Ayuntamiento de Bueu no se personó en este proceso, pero en el escrito que remitió para oponerse a la solicitud de suspensión de la ejecución del acto recurrido, unido a la pieza separada, manifestó que la resolución impugnada había sido precedida del correspondiente expediente, con audiencia del interesado...

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