STSJ Andalucía , 9 de Febrero de 2001

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2001:1626
Número de Recurso1818/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 1818/00 Sentencia nº : 245/01 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. LUIS JACINTO MAQUEDA ABREU Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES En Málaga a nueve de febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por el Servicio Andaluz de la Salud contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número seis de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Juan Luis sobre reintegro gastos siendo demandado el Servicio Andaluz de la Salud y la Consejería de Salud habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 12 de junio de 2000 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. ).- Juan Luis , mayor de edad, domiciliado en Málaga, figura afiliado e inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos con el número NUM000 .

  2. ).- Que así mismo, tiene concertado un contrato de seguro médico privado con la compañía Previsión Médica.

  3. ).- Que con fecha 21.4.98, sobre las 10 horas, cuando se desplazaban de su domicilio ubicado en Avd. DIRECCION000 n. NUM001 a su centro de trabajo sito en C/ Strachan n. 4 en las cercanías de la Clínica Parque San Antonio sintió un fuerte dolor de espalda impidiéndole seguir conduciendo.

  4. ).- Que como consecuencia de la póliza de seguro, ésta corrió con todos los gastos de estancia menos con los de servicios y medicación, siendo la cantidad reclamada en el presente procedimiento

    406.117 ptas.

  5. ).- Que con fecha 28.9.98. se presentó la preceptiva reclamación previa.

  6. ).- La demanda se presentó el 29.4.1999.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia que estima la demanda sobre reintegro de gastos médicos y condena al organismo demandado a abonar al actor la cantidad de 406.117 pesetas, importe de gastos médicos y hospitalarios devengados por la asistencia al actor en la clínica Parque San Antonio de Málaga, interpone recurso de suplicación la representación del...

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