STSJ Andalucía , 22 de Septiembre de 2000

PonenteMARIA CRISTINA GIMENEZ MORENO
ECLIES:TSJAND:2000:13217
Número de Recurso138/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 138/00 Sentencia nº: 1591/00 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES Ilma. Sra. Dª Mª Cristina Giménez Moreno En Málaga a veintidós de septiembre de dos mil. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por Carlos María y el SAS contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº dos, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Cristina Giménez Moreno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Carlos María sobre despido siendo demandado el SAS habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 22 de septiembre de 1999 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida de declararon como hechos probados los siguientes: "1º) El demandante ha venido prestando servicios para el organismo demandado como facultativo especialista de área en anestesia y reanimación en el Hospital Clínico Universitario "Virgen de la Victoria" desde el 19-1-95, percibiendo un salario mensual último de 685.270 ptas. incluida la prorrata de pagas extraordinarias.

  1. ) El demandante comenzó a prestar sus servicios en virtud de un nombramiento de interino sustituto de 19-1-95, suscribiendo nombramiento de interino vacante en fecha 1-12-96.

  2. ) En la oferta pública de empleo de 1997 se ofrecieron como vacantes para ser cubiertas mediante concurso de traslado tres plazas en la especialidad de anestesia y reanimación en el Hospital Universitario, y una cuarta para ser cubierta mediante concurso-oposición.

  3. ) De las tres plazas ofrecidas para el concurso de traslado, dos de ellas estaban cubiertas por propietarios de plaza en situación de reingreso provisional (D. Eusebio y D. Gaspar) y la tercera estaba ocupada por el actor como interino vacante.

  4. ) Tras la resolución del concurso de traslado el 20-2-99, obtuvieron plaza D. Jon , D. Gaspar y D. Paulino .

  5. ) En fecha 17-3-99 el demandante fue cesado por el organismo demandado por incorporación del titular de la plaza.

  6. ) En la misma fecha fue cesado D. Eusebio , quien pasó a situación de excedencia y solicitó nuevamente el reingreso provisional, tomando posesión el 9-4-99 de una plaza vacante de facultativo especialista de anestesia y reanimación del mismo hospital, plaza creada por resolución de 15 de febrero de 1999.

  7. ) El demandante ha agotado la vía administrativa previa."

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandante y demandada, recurso que formalizaron, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que estima parcialmente la demanda formulada por el actor en reclamación de Despido declarando la improcedencia del mismo y condenando al S.A.S. al pago de los salarios desde la fecha del cese hasta la de extinción del nombramiento del actor como interino vacante, recurren ambas partes, haciéndolo en primer lugar el actor articulando un Unico motivo al amparo del Apartado c) del Art. 191 de la L.P.L. con objeto de examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia, denunciando en primer lugar la infracción del Art. 24 de la Constitución así como el art. 97.2 de la L.P.L. y el Art. 359 de la LEC, alegando que la...

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