STSJ Murcia , 15 de Octubre de 2001

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2001:2794
Número de Recurso870/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau003 SENTENCIA Nº: 1.479/2001 ROLLO Nº: RSU 870/2001 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a quince de Octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 2 de abril de 2001, dictada en proceso número 895/2001, sobre prestación por hijo, y entablado por don Jorge frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) El demandante, con NIE NUM000 , figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM001 . 2º) El demandante reside en España con permiso de trabajo permanente. 3º) La esposa del actor, doña Susana , solicitó el 13-05-1999 permiso de residencia por reagrupación familiar, permiso que fue concedido el 10-08-2000. 4º) El demandnate solicitó prestación económica por nacimiento de su hija, ocurrido el 7-04-2000, que fue denegada por el Instituto Nacional de la

Seguridad Social en resolución de 16-06-2000. 5º) Disconforme con la anterior resolución, la demandante interpuso reclamación administrativa previa, reclamación que fue desestimada por nueva resolucion del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 25-10-2000"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por don Jorge , declaro el derecho del demandante a percibir la prestación familiar por nacimiento de hijo y condeno al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por la anterior declaración y a abonar al actor la referida prestación en el importe legalmente establecido".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Luis José Martínez Vela, en representación de la parte demandante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor Jorge presentó demanda, sobre prestaciones económicas por nacimiento de hijo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para que se declarase su derecho a percibir la prestación familiar por nacimiento de hijo; demanda que fue estimada por el Juzgado a quo al considerar que el esposo residía legalmente en territorio español, y, si bien es cierto que la...

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