STSJ Castilla-La Mancha , 24 de Octubre de 2001

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2001:3020
Número de Recurso1412/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1412/98 TOLEDO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste SENTENCIA Nº

En Albacete, a veinticuatro de octubre de 2001 Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1412/98, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representada y dirigida por los Servicios Jurídicos de la Junta de Comunidades, contra la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y dirigida por los Servicios Jurídicos de la Seguridad Social, en materia de devolución de ingresos. Siendo Ponente, el Iltmo. Sr. Magistrado Don Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 6 de agosto de 1998, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Dirección Provincial de la Seguridad Social, de fecha 16 de junio de 1998.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que se anule la imputación de deuda objeto del recurso, por importe de 519.848 pesetas, declarando que la Administración Regional no puede ser considerada responsable del pago de las deudas dejadas sin saldar en la cuenta de cotización 45004627759, correspondiente a la Delegación Provincial del INSERSO en Toledo.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que se proceda a su íntegra desestimación, con confirmación de las resoluciones administrativas que se impugnan.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 11 de octubre de 2001, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala, la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Toledo, de...

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