STSJ Castilla-La Mancha , 2 de Febrero de 2000

PonenteJOSE AURELIO NAVARRO GUILLEN
ECLIES:TSJCLM:2000:390
Número de Recurso790/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 790/97 1 SENTENCIA Nº 129 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. José Borrego López Magistrados:

D. Mariano Montero Martínez D. Jose Aurelio Navarro Guillen En Albacete, a dos de febrero de 2000.

En nombre de S.M. EL REY, vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha, los presentes autos nº 790/97 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de la mercantil Pian Confecciones, S.L., representado por don Ginés Rubio López, Letrado en ejerccio y dirigido por el mismo, contra La Tesorería General de la Seguridad Social representado y dirigido, por el Señor Abogado de la Administración de la Seguridad Social, siendo Ponente el Ilmo. Magistrado D. Jose Aurelio Navarro Guillen; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la mercantil "Pian Confecciones, S.L.," se interpuso en fecha 13 de mayo de 1997 recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada por la Tesorería General de la Seguridad Social de 11 de marzo de 1997, por la que se desestima el recurso ordinario entablado contra la resolución de 12 de septiembre de 1996 de la Dirección Provincial, Subdirección Recaudatoria Ejecutiva, por la que se acuerda derivar las deudas por cuotas al régimen general de la Seguridad Social de la empresa " Jose Ignacio " a la empresa "Pian Confecciones, S.L." como responsable solidaria de su antecesora y en consecuencia emitir los documentos de reclamación de deuda 03/96/11622814, 03/96/11622915, 02/96/11623016, 02/96/11623218 y 03/96/11623319. Formalizada demanda, tras los hechos y fundamentos jurídicos en ella contenidos se suplicó Sentencia por la que se revoque y deje sin efecto la resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de 11 de marzo de 1997, declarando nula la derivación de deudas de Jose Ignacio a Pian Confecciones, S.L.

SEGUNDO

Contestada la demanda por el Abogado de la Administración de la Seguridad Social, después de las alegaciones vertidas se solicitó sentencia desestimatoria del recurso.

TERCERO

Acordado el recibimiento del pleito a prueba con el resultado que obra en autos y evacuado el trámite de conclusiones en el que las partes se reafirmaron en sus escritos de demanda y contestación, se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 25 de enero de 2000.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

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