STSJ Murcia , 24 de Mayo de 2004

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2004:1107
Número de Recurso500/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00618/2004 ROLLO N ¨¬ : RSU 00500/2004 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veinticuatro de Mayo de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Juan Carlos , contra la sentencia número 27/2004 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 30 de enero, dictada en proceso número 475/2003, sobre Seguridad Social, y entablado por D. Juan Carlos frente a Mutua Ibermutuamur, Caja de Ahorros de Murcia, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "° PRIMERO : El demandan te D. Juan Carlos , de 48 años de edad viene prestando servicios en la empresa demandada CAJA DE AHORROS DE MURCIA, con antigüedad de 1975, y la categoría profesional de oficial superior desde el año 1997, y presta sus servicios en la oficina 060 de L orca. SEGUNDO : La empresa dema ndada tiene cubierta la protección de riesgos profesionales como la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes con IBERMUTUAMUR. TERCERO : El actor en fecha 12-02-2003 causó baja médica expedida por los servicios médicos del Servicio Murciano de Salud, con el diagnóstico de "° episodio depresivo sin síntomas psicóticos, trast orno de ansiedad generalizada y rasgos obsesivos de personalidad "± . CUARTO : Som etido a reconocimiento médico, el EVI en fecha 28-07-2003 elevó informe propuesta de que la mencionada baja médica deriva de enfermedad común. QUINTO : La Dirección Provincial del INSS mediante resolución de fecha 5-08-2003 acordó determinar que la baja médica de fecha 12-02-2003 deriva de enfermedad común. SEXTO : El demand ante sufrió episodio depresivo hace dos años que precisó tratamiento farmacol ógico durante seis meses, en la actualidad presenta episodio depresivo sin síntomas psicóticos, trastorno de ansiedad generalizada, rasgos compatibles con trastorno de personalidad mixto (esquizoide-anancástico); supertonalidad de base se caracteriza por un perfeccionismo y una rigidez que repercuten en su eficiencia y le genera importantes sentimientos de culpa y fracaso; a la exploración psicopatológica destaca el afecto hipotímico, con ritmo circadiano de la sintomatología (pero por las mañanas, anhedonia, astenia, aislamiento social, intensa ansiedad con múltiples somatizaciones, baja autoestima, y ocasional ideación suicida, rasgos obsesivos de la personalidad. Posteriores informes emitidos por el Dr. Juan Manuel de 30-06-2003 y de 21-07-2003 señalan que "° ..D icha personalidad se encontró con una situación laboral según narra el paciente fuertemente estresante, con horarios excesivos, gran carga de responsabilidad y la adscripción de muy diversas funciones que excedía de la descripción de su puesto de trabajo "± , y se diagnostica de síndrome de Burnout; y por el Psicólogo D. Juan Miguel ¨£ , informes de fecha 18-0 6-2003, de contenido idéntico a 1os informes ya referidos, de 2-09-2003 y de 17-10-2003, de similar contenido (doc. n ¡Æ 3, 4, 5, 6 y 7 prueba de la parte actora), y en iguales términos se pronuncia la p érito propuesta por la parte actora, la psicóloga D ¨£ Flora , (doc. n ¡ Æ 1 parte actora. S É PTIMO : El demandante presta sus servicios en el Departamento de Inversignes y Riesgos de la Oficina Urbana 060 n ¡Æ 1 de Lorca, y tiene otorgado a su favor poder por la Caja de Ahorros de Murcia, en v irtud de escritura pública de fecha 10-01-1989, por el que se le confiere facultades de apoderamiento que constan en la mencionada escritura y que se dan aquí por reproducidas; su horario es de 8,00 a 15,00 horas, como el resto de empleados; en dicha oficina hay seis empleados: director, interventor, dos cajeros, otro empleado y el actor; experimentado y con buenos conocimientos sobre el funcionamiento operativo y administrativo,/considerado con comportamiento no adecuado en cuanto a disponibilidad, trabajo en equipo y apoyo comercial . OCTAVO : En el Acta de Auditoria llevada a cabo en octubre de 2001 en la oficina en la que el actor presta sus servicios, se consigna que el área de activo tiene un gran peso específico dentro de la sucursal por su volumen e importancia y que el mismo conlleva un alto nivel de actividad para sus responsables, "° el emp leado encargado de su funcionamiento no ha mostrado en ningún momento dicha...

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