STSJ Navarra , 17 de Abril de 2001
Ponente | JOAQUIN MARIA MIQUELEIZ BRONTE |
ECLI | ES:TSJNA:2001:740 |
Número de Recurso | 1191/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. JOSÉ LUIS RIUDAVETS GONZÁLEZ En Pamplona, a diecisiete de abril de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.191/98, promovido contra la Providencia de Embargo de fecha 17 de marzo de 1.998 del M.I. Ayuntamiento de Pamplona (Expediente nº 26599), sobre multa de tráfico, siendo en ello partes: como recurrente Dª Natalia representada y dirigida por el Letrado Sr. Fernández Delgado; y como demandado AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA representado por el Procurador Sr. Laspiur y dirigido por el Letrado Sr. García.
Con fecha 3-7-98, la parte actora interpuso el presente recurso Contencioso administrativo contra la Providencia de Embargo de fecha 17 de marzo de 1.998 del M.I. Ayuntamiento de Pamplona (Expediente nº 26599), sobre multa de tráfico.
Tramitados los autos conforme a las normas legales y practicada la prueba solicitada por las partes con el resultado obrante en autos, se declararon los autos conclusos señalándose para votación y fallo el día 10-4-01 a las 10,00 horas.
Es Ponente el Iltmo. Sr. Presidente de la Sala D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE.
II.-
A la vista de las alegaciones hechas por las partes, expediente administrativo remitido y pruebas practicadas en estos autos se desprenden, a juicio de la Sala, los siguientes hechos probados, básicos para la resolución de las pretensiones ejercitadas por las partes: Con fecha 21 de noviembre de 1.996 se notifica providencia de apremio dictada en relación a sanción de tráfico (expte. 26599/95)
Con fecha 27 de noviembre de 1.996 se interpone contra la misma el recurso contencioso administrativo núm. 1968/96 ante esa Sala.
Con fecha 17 de marzo de 1.998 se dicta providencia de embargo que se notifica el 2 de julio de
1.998.
Con fecha 23 de septiembre de 1.999 se dicta por esa Sala Sentencia por la que se desestima el citado recurso 1968/96.
A la vista de tales hechos es preciso dar respuesta a la pretensión ejercitada por la parte actora y contenida en el suplico de la demanda de que se anule la Resolución y, basándose para ello en haber...
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