STSJ Cataluña , 30 de Noviembre de 2001

ECLIES:TSJCAT:2001:15082
Número de Recurso829/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 0829/98 Partes: TRATAMIENTO INDUSTRIAL RESIDUOS SOLIDOS, S.A. (TIRSA, S.A) C/

AYUNTAMIENTO DE GAVA SENTENCIA N°1205 En la ciudad de Barcelona, a treinta de noviembre de dos mil uno. DON MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, Magistrado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (Sección Tercera), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 0829/98, interpuesto por la entidad TRATAMIENTO INDUSTRIAL RESIDUOS SOLIDOS, S.A. (TIRSA), representada y asistida por la Letrada D, Emilia Ares Regueiro, contra AYUNTAMIENTO DE GAVA, representado por el Procurador D. Narciso Ranera Cahi, y asistido por el Letrado D. Ferrán Pestaña Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Letrada D. Emilia Ares Regueiro, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra los Decretos del Ayuntamiento de Gavá de 30.1.98, desestimando los recursos ordinarios formulados contra Decretos imponiendo una sanción de 120.001 pts en cada uno de los expedientes TIRSA 17/97, 18/97, 16/97, 14/97, 15/97, 13/97, 10/97, 11/97, 12/97, 01/97, 02/97, 08/97, 09/97, 05/97, Of/97, 07/97, 04/97.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 20 de diciembre de 1999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. Se significa que la presente sentencia se dicta por un solo Magistrado, al amparo de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, y del Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad mercantil "TRATAMIENTO INDUSTRIAL DE RESIDUOS SOLIDOS, S.A."

ejercita una pretensión anulatoria contra las resoluciones de 30 de enero de 1998 que desestimaron los recursos ordinarios interpuestos contra los Decretos de 8 de octubre de 1.997 del AYUNTAMIENTO DE CAVA imponiéndole 120.001 pts de multa por cada una de las diecisiete infracciones del Reglamento General de Circulación.

SEGUNDO

La entidad TIRSSA" se dedica, como concesionaria del Ayuntamiento de Barcelona al traslado de residuos sólidos mediante vehículos especializados, entre otros trayectos, desde Gavá al vertedero de basura del Garraf, donde se deposita toda la basura del área Metropolitana; la Policía Municipal del...

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