STSJ Comunidad de Madrid , 27 de Septiembre de 2002

PonenteCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
ECLIES:TSJM:2002:12369
Número de Recurso1587/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 1.587/97 SENTENCIA NUM. 1.255 Ilmos. Sres.

Presidente D. Alfredo Roldán Herrero Magistrados De Clara Martínez de Careaga y García De Fátima Arana Azpitarte D. Fernando de Mateo Menéndez D. José Daniel Sanz Heredero Dª Mª Jesús Veas Torres En la Villa de Madrid, a veintisiete de Septiembre de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso - administrativo número 1.587/97, interpuesto por el Letrado D. Angel Luis Martín Bueno, en nombre y representación de D. Narciso , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 28 de Septiembre de 1.995, que desestima la reclamación Económico - Administrativa número 28/6762/93, quedando confirmada la Providencia de Apremio dictada con fecha 2 de Marzo de 1.993, en el expediente de reclamación núm. K 1610193013980133. Ha sido parte la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó mediante el oportuno escrito, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó solicitando el dictado de sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

Asimismo, la parte demandada, una vez le fue conferido el trámite pertinente para contestar la demanda, presentó su escrito en el que, alegando los hechos que estimó oportunos y los fundamentos de derecho correspondientes, solicitó se dictara sentencia desestimando la pretensión formulada por la parte actora.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por termino de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló fecha para votación y fallo el 26 de Septiembre del año en curso.

Siendo PONENTE la Ilma. Sra. Magistrado Dª Clara Martínez de Careaga y García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con el presente recurso contencioso - administrativo se impugna por la representación de D. Narciso , la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 28 de Septiembre de 1.995, en virtud de la cual se le desestimó la reclamación interpuesta contra la providencia de apremio contra él dictada para la efectividad en...

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