STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Noviembre de 2000

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2000:14250
Número de Recurso2739/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO N° 2.739/96 SENTENCIA N° 1063 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

Don José Félix Méndez Canseco Magistrados:

Doña Francisca Rosas Carrión Doña Elvira Adoración Rodríguez Martí

Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez En la Villa de Madrid a veintitrés de Noviembre de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2.739 de 1.996, interpuesto por Andrea asistido y representado por el Letrado Don Javier Almagro Martínez contra la resolución de fecha 19 de julio de 1.996 del Excelentísimo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra el Decreto del Concejal Delegado del Area de Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Madrid de fecha 30 de Abril de 1.996 que impuso al recurrente una sanción consistente en multa de 100.000 pesetas por infracción de la ordenanza de protección de la Salud y Defensa de Consumidores y usuarios. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid asistido y representado por el Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 21 de Abril de 1.999 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que se estimara el recurso en su integridad e imponiendo a la demandada las costas del recurso.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 17 de Junio de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando se dictara Sentencia por la que se desestimara el recurso y se declarara la conformidad a Derecho de los acuerdos impugnados.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 14 de Noviembre de 2.000 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone por la representación de Andrea recurso contencioso administrativo, contra la resolución de fecha 19 de julio de 1.996 del Excelentísimo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra el Decreto del Concejal Delegado del Area de Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Madrid de fecha 30 de Abril de 1.996 que impuso al recurrente una sanción consistente en multa de 100.000 pesetas por infracción de la ordenanza de protección de la Salud y Defensa de Consumidores y usuarios.

SEGUNDO

La sanción se impone según consta en la propia resolución recurrida por obstrucción a la inspección, no permitiendo la realización de una torna de muestras y negándose a colaborar y facilitar la información requerida lo que constituía una infracción grave prevista en los artículos 26 y 33 de la Ordenanza de Protección de la Salud y Defensa de los Consumidores y Usuarios de fecha 25 de Febrero de 1.994, publicada en...

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