STSJ Castilla-La Mancha , 3 de Mayo de 2000

PonenteJOSE ANTONIO MORENO MOLINA
ECLIES:TSJCLM:2000:1515
Número de Recurso1656/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

1 AUTOS NUM. 1656 y 1660 de 1997 (acumulados)

TOLEDO SENTENCIA NUM. 461 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCION 2ª

Ilmos. Sres:

Presidente:

D. Vicente Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. José Antonio Moreno Molina En Albacete a tres de Mayo de dos mil. VISTOS por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos acumulados números 1656 y 1660 del año 1997, seguidos a instancia de D. Jose María , que ha estado representado por el Procurador D. Manuel Cuartero Peinado, contra la Consejería de Economía y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Junta, sobre sanción en materia de juego; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don José Antonio Moreno Molina; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 14 de agosto de 1997, la representación procesal del actor interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de fecha 12 de mayo de 1997 dictada por el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se imponía al actor una sanción de un millón de pesetas como responsable de cometer una infracción muy grave en materia de juegos de suerte, envite o azar. Formalizada demanda, tras los hechos y fundamentos jurídicos que en la misma se contienen, se suplicó sentencia por la que se declare nula la Resolución que se impugna por contraria al ordenamiento jurídico, con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Letrado de la Junta de Comunidades, se contestó por éste y después de las alegaciones vertidas, suplicó sentencia "en la que se declare la desestimación del

Recurso".

TERCERO

Practicada que fue la prueba propuesta y admitida con el resultado que obra en autos, se formularon por las partes conclusiones y se señaló para votación y fallo el día 29 de marzo de 2000, día en que tuvo lugar el acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los expedientes sancionadores que se revisan fueron iniciados en virtud de acta levantada el 27 de septiembre de 1996 por funcionarios del servicio de control de juegos de azar de la Dirección General de la Polícía en el bar "La Esquina" sito en la calle Federico García Lorca nº 2 de Toledo, en la que se hizo constar que "en el establecimiento se encuentran instaladas y en explotación dos máquinas del tipo "B", la 1ª "Isla del Tesoro", 1957/serie 95F, número de serie 893, perfectamente documentada; y la 2ª "Cash Lines", B-1981/Serie 96 y número de fabricación 60082, que carece de Boletín de Circulación y original de Guía de Circulación". En base a este...

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