STSJ Galicia , 19 de Junio de 2002

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:4378
Número de Recurso1072/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001072 /2001 SECCIÓN PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 1091 2002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

En la Ciudad sede de este Tribunal, a diecinueve de junio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001072 /2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Fermín , representado por la procuradora Dña. MARIA ANGELES OTERO LLOVO y dirigido por el Abogado D. RAMON ORTIZ DE GALISTEO PEREZ, contra resolución Secretara Xeral Consellería Sanidade y S. S. de 26 /01 /01 recaída sobre expediente sancinador nº 4 /00 F. Es parte como demandada LA ADMINISTRACION AUTONÓMICA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuanta del recurso la de 200.000 PESETAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La conducta objeto de supuesta sanción ocurre el 14 de agosto de 1999, la incoación de expediente sancionador ser acuerda, por la Conselleria de Sanidad con fecha 2 de mayo de 2000, expediente que termina con resolución estimatoria de sanción adoptada por el Secretario General de la Consellería de fecha 26 de enero de 2001, confirmada en vía administrativa por resolución de los siguientes recursos interpuestos de alzada y reposición. Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia declarando caducadas dichas actuaciones administrativas por inobservancia de las normas de procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Fermín interpone recurso contencioso administrativo contra resolución de la Secretaría General de la Conselleria de Sanidad y Servicios Sociales de la Xunta de Galicia, de fecha 26 de enero de 2001,...

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