STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Octubre de 2000

PonenteMIGUEL LOPEZ-MUÑIZ GOÑI
ECLIES:TSJM:2000:12300
Número de Recurso2929/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA MADRID RECURSO 2929/96 Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera SENTENCIA NUMERO 1.253 ILMO. SR. MAGISTRADO D. Miguel López Muñiz Goñi En Madrid, a diez y ocho de octubre de dos mil. VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por el Ilmo. Sr. Magistrado que figura en el encabezamiento de esta sentencia, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Unica de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio , de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los autos del recurso contencioso- administrativo número 2929/96, interpuesto por el Letrado Sr. López Huertas, en nombre y representación de la entidad mercantil Toquero Express, S. A., CONTRA diez resoluciones de la Dirección General de Tráfico desestimando sendos recurso ordinarios contra unas inexistentes resoluciones de la Delegación del Gobierno en Madrid, SOBRE sanciones de 25.000 pesetas por exceder ciertos vehículos de la longitud máxima autorizada o de la altura, incluyendo la carga, habiendo sido PARTE DEMANDADA la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y previos los oportunos trámites de publicidad legal y reclamación del expediente administrativo, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó mediante el oportuno escrito, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó solicitando el dictado de sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

Así mismo, la parte demandada, una vez le fue conferido el trámite pertinente para contestar la demanda, presentó su escrito en el que, alegando los hechos que estimó oportunos y los fundamentos de derecho correspondientes, solicitó se dictara sentencia desestimando la pretensión formulada por la parte actora.

TERCERO

No habiendo solicitado recibir el presente recurso a prueba, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por termino de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló fecha para votación y Fallo el 10 de octubre de 2000, a las 10,00 horas, lo que tuvo lugar en su momento.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las prescripciones legales.

Resolviendo el Magistrado Ilmo. Sr. D. Miguel López Muñiz Goñi.

HECHOS PROBADOS De los datos obrantes en el expediente, así como de las alegaciones formuladas por las partes y pruebas practicadas en el curso de las presentes actuaciones, resultan probados los siguientes hechos con relevancia para dictar la resolución que nos ocupa:

PRIMERO

1. El 4 de febrero de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-1210-PH, marca Iveco, camión portacohes. conducido por Jose Daniel y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 74, en dirección a Madrid, con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 18,80 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  1. El 10 de marzo de 1995 se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-1171-HV, marca Scania, camión portacoches. conducido por Marco Antonio , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera A.6 kilómetro 47, para cambio de sentido hacia la M-600, con una altura incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 4,42 metros.

  2. El 13 de febrero de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-7583-PO, marca Iveco, camión portacoches. conducido por Cristobal , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 69, en dirección a Irún con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 19,10 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  3. El 29 de mayo de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-9167-NV, marca Volvo, camión portacohes. conducido por Hugo y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 69, en dirección a Irún con una longitud, incluída la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 19,10 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  4. El 20 de abril de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-6012-JU, marca DAF, camión portacoches. conducido por Oscar , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 74, en dirección a Madrid, con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 18,70 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  5. El 26 de mayo de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-3553-KL marca Renault, camión portacoches. conducido por Jose Pedro , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 96, en dirección a Irún, con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 19,10 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  6. El 29 de abril de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-6496-JZ, marca DAF, camión portacoches. conducido por Juan Carlos , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 66, en dirección a Madrid, con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 19,00 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  7. El 29 de abril de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-6864-KG, marca DAF, camión portacoches. conducido por Baltasar , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 75, en dirección a Madrid, con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 18,70 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  8. El 1 de abril de 1995, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-1207-PH. marca Iveco, camión portacoches. conducido por Federico , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N. I, kilómetro 69,200, en dirección a Madrid, con una longitud, incluida la carga, que excede de los límites reglamentarios, al tener 19,10 metros, estando autorizado a 18,35 metros.

  9. El 7 de febrero de 1994, se denunció por fuerzas de la Guardia Civil de Tráfico de Madrid al vehículo M-7622-NT, marca Volvo, camión portacoches. conducido por Lucio , y propiedad de la empresa Toquero Express S.A., hoy recurrente, por circular dicho camión por la carretera nacional N.I, kilómetro 81, en...

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