STSJ Extremadura , 30 de Enero de 2003

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2003:209
Número de Recurso561/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 135 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a treinta de enero de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 561 de 1999, promovido por la Procuradora Dª. Fátima Ordoñez Carbajal, en nombre y representación del recurrente DON Cornelio , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana recaída en el procedimiento sancionador 937/97 en que se sanciona al recurrente como autor de una falta leve contra el dominio público hidráulico por apertura de un pozo sin autorización administrativa a la multa de 200.000 pesetas con obligación de clausura.- Cuantía.- Indeterminada (inferior a 25.000.000 de pesetas).

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. MERCENARIO VILLALBA LAVA.- II.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por Don Cornelio se interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana recaída en el procedimiento sancionador 937/97 en que se sanciona al recurrente como autor de una falta leve contra el dominio público hidráulico por apertura de un pozo sin autorización administrativa a la multa de 200.000 pesetas con obligación de clausura.

Manifiesta en la demanda que concurre prescripción de la infracción, caducidad del...

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